Cubas de la Sagra (BOCM-20240424-65)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 97

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ABRIL DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65

CUBAS DE LA SAGRA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20240424-65

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 10 de abril de 2024, han sido aprobados
los siguientes padrones de tributos, correspondientes al ejercicio 2024:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Entrada de vehículos a través de las aceras (vados).
— Tasa por prestación del servicio de cementerio.
— Tasa de basura.
— Tasa por licencia de auto-taxi.
— Huertos urbanos.
— Carteles publicitarios.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.
Los citados padrones se someten a información pública durante quince días, contados
a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, pudiendo los interesados examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante este Ayuntamiento. Esta exposición, al tratarse de
tributos de cobro periódico por recibo, tiene el carácter de notificación colectiva a que
hace referencia el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 23 y 24 del Reglamento General de
Recaudación y artículo 12.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, el cobro en período voluntario será el aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 6 de marzo de 2023 y se
podrá realizar en las entidades bancarias colaboradoras, en las fechas anteriormente referenciadas y en los horarios habituales.
Contra la exposición pública de los padrones y de las liquidaciones en los mismos
incorporadas, se podrá interponer recurso de reposición previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente anuncio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso
que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Cubas de la Sagra, a 12 de abril de 2024.—La concejala-delegada de Hacienda, Soraya
López Macías.
(01/5.682/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791