Sevilla la Nueva (BOCM-20240424-79)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 97

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79

SEVILLA LA NUEVA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Acuerdo del Pleno Extraordinario de 14 de marzo de 2024, del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, por el que se aprueba inicialmente el expediente número 555/2024, de modificación de créditos número 04/2024 del presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto, que no afectan a
altas y bajas de crédito de personal.
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones
de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no
haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ALTAS DE CRÉDITO POR CAPÍTULOS
ESTADO DE GASTOS
A) OPERACIONES CORRIENTES
CAPITULO 2: GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS
TOTAL ALTAS DE CRÉDITO

71.674,96 €
71.674,96 €

BAJAS DE CRÉDITO POR CAPÍTULOS
ESTADO DE GASTOS
B) FONDO DE CONTINGENCIA
CAPITULO 5: FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS
TOTAL BAJAS DE CRÉDITO

71.674,96€
71.674,96€

BOCM-20240424-79

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a
contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acto o Acuerdo impugnado.
Sevilla la Nueva, a 12 de abril de 2024.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.
(03/5.697/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791