C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240424-22)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 1236/2024, de 8 de abril, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas a los Ayuntamientos de la región para el sostenimiento de los colegios públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial radicados en su municipio, en los que se imparte Educación Secundaria Obligatoria, primer ciclo de Educación Infantil o en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 97

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ABRIL DE 2024

Pág. 105

Se distribuirá según los siguientes criterios de valoración:
En primer lugar, se distribuirá el crédito total disponible para la convocatoria del siguiente modo:
a) Un 45 % a las unidades incluidas en el supuesto 1 de la base cuarta de la Orden 1438/2023, de 27 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras.
b) Un 40 % a las unidades incluidas en el supuesto 2 de la base cuarta de la Orden 1438/2023, de 27 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras.
c) Un 15 % al alumnado y unidades incluido en los apartados a), b) y c) del supuesto 3
de la base cuarta de la Orden 1438/2023, de 27 de abril, por la que se establecen
las bases reguladoras.
A su vez, el crédito resultante de esta operación se asignará del siguiente modo:
1. Un 70 % al alumnado.
2. El 30 % restante, al número de unidades que haya sido preciso poner en funcionamiento en los colegios públicos de Educación Infantil, Primaria y/o Educación Especial.
En segundo lugar, se aplicarán los siguientes módulos cuya cuantía máxima se establece en la orden de convocatoria:
a) El módulo máximo anual por cada alumno, objeto de esta convocatoria, será de
250 euros.
b) El módulo máximo por unidad que haya sido preciso poner en funcionamiento en
los centros a causa de la escolarización de los alumnos censados en otros municipios o, en su caso, para impartir Educación Secundaria Obligatoria o primer ciclo
de Educación Infantil en colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, será
de 5.000 euros.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será de 1 mes, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria, en forma de extracto, en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 8 de abril de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO

BOCM-20240424-22

(03/5.845/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791