Las Rozas de Madrid (BOCM-20240423-72)
Régimen económico. Matrícula impuesto
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE ABRIL DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72

LAS ROZAS DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20240423-72

Anuncio de exposición pública de la matrícula provisional del impuesto sobre actividades económicas del ejercicio 2024.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de
febrero, por el que se dictan normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto,
se expone al público la matrícula provisional del impuesto sobre actividades económicas (IAE)
correspondiente al ejercicio económico de 2024, remitida por la Administración Tributaria del
Estado, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, pudiendo consultarse en las dependencias municipales de Gestión Tributaria, situadas en plaza
Mayor, número 1, segunda planta, de Las Rozas de Madrid, en horario de 8:45 a 14:00, de lunes a viernes, o bien a través del correo corporativo autoliquidaciones@lasrozas.es . El presente anuncio será expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.
Durante el plazo indicado de exposición al público, y de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales, la información relativa a los datos de la matrícula solo se facilitará al obligado tributario o su representante, debidamente acreditado, que directamente les afecten.
Contra los datos contenidos en la matrícula se podrá interponer recurso potestativo de
reposición potestativo ante el/la jefe/a de la Dependencia de Gestión o ante el/la administrador/a de la Administración Tributaria del Estado que dicta el acto, en el plazo de un mes
a contar desde el día inmediato siguiente al del término del período de exposición pública,
o reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo competente en el mismo plazo,
sin que puedan interponerse simultáneamente ambos recursos, conforme a lo previsto en los
artículos 91 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 4 y 15 del mencionado
Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero.
La interposición del recurso no detendrá la acción administrativa para la cobranza, a
menos que el interesado solicite, dentro del plazo para interponer el mismo, la suspensión
de la ejecución del acto impugnado, de conformidad con el artículo 14.2.i) del citado Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
En Las Rozas de Madrid, a 11 de abril de 2024.—La directora general de Gestión Tributaria, Laura Morato Villar.
(01/5.625/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791