Madrid (BOCM-20240422-33)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 95

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
33

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
Rectificación de error material o de hecho en la documentación del Plan General de
Ordenación Urbana de Madrid de 1997, relativo al callejón en fondo de saco, situado entre los números 9 y 11 de la calle Navalmanzano, distrito de Moncloa-Aravaca.—Expediente 135-2024-00053.
ANUNCIO

BOCM-20240422-33

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 22 de marzo de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
«Primero.—Rectificar, al amparo de lo dispuesto en el artículo 69 bis de la Ley
9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el error material o de hecho
advertido en el Plan General de Ordenación Urbana de 1997, respecto al trazado de la alineación fijada en los planos de Ordenación y Gestión (hojas O-51/2 y G-51/2) para el callejón en fondo de saco existente, situado entre los números 9 y 11 de la calle de Navalmanzano, distrito de Moncloa-Aravaca, en los términos descritos en el informe técnico de la
Dirección General de Planeamiento de 26 de febrero de 2024, y recogidos en el anexo “Documentación gráfica objeto de la subsanación del error material”.
Segundo.—Remitir el acuerdo de rectificación, así como el contenido normativo de la
misma, con expresión concreta de los documentos anulados y los vigentes, al Registro de
Planes de la Comunidad de Madrid, con carácter previo a su publicación.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, con indicación de haberse procedido previamente al depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística, del modo establecido en los artículos 65, 66 y 69 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio».
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido
remitido un ejemplar de la rectificación del Plan General al Registro Administrativo de la
Consejería competente en materia de ordenación urbanística, que el transcrito acuerdo pone
fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que
se estime pertinente para la defensa de sus derechos.
Madrid, a 10 de abril de 2024.—El director General de Planeamiento, Javier Hernández
Morales.—El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(03/5.532/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791