Hoyo de Manzanares (BOCM-20240422-49)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 95

BOCM-20240422-49

las delegaciones de áreas, sin que quepa recurso contra la resolución adoptada y conservará las siguientes facultades en relación con las competencias delegadas:
a) La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de
los actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.
b) Será informada previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
En particular, se deja expresa constancia de que la Alcaldía conserva las competencias
sobre las materias o áreas de Recursos Humanos, Comunicación, Transparencia, Hacienda
y Urbanizaciones.
Quinto.—Los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de las atribuciones
delegadas indicarán expresamente esta circunstancia.
Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites
de ésta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano
o concejal.
Sexto.—Todas las delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de este
Decreto, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y
aceptación expresa por parte de los Concejales Delegados, o tácita, si en el término de tres
días hábiles contados desde la notificación, el destinatario no se manifiesta en contrario ante
la Alcaldía.
Séptimo.—Notificar personalmente el presente Decreto a los designados.
Contra la misma, que pone fin a la vía administrativa de acuerdo con lo establecido en
el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se
podrá interponer el recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, a contar de fecha a fecha desde el siguiente a su publicación, ante la Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de
Hoyo de Manzanares (Madrid). Si transcurrido el plazo de un mes desde la interposición de
este recurso no se ha recibido resolución expresa del mismo, éste se tendrá por desestimado, y se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid, en el plazo de seis meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a aquel en que la Sra. Alcaldesa tendría
que haber resuelto el recurso potestativo de reposición, en la forma y con los requisitos exigidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de resolución expresa desestimatoria del recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el recurso Contencioso-Administrativo será de dos meses,
contados de fecha a fecha desde el día siguiente a la recepción de la notificación, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid.
No obstante lo anterior, se puede interponer directamente por parte de los interesados
el recurso contencioso-administrativo, sin necesidad de interponer previamente el recurso
potestativo de reposición, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del
partido judicial de Madrid, en el plazo de dos meses, contados de fecha a fecha desde el día
siguiente a la publicación de la presente, en la forma y con los requisitos exigidos en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que el interesado
considere conveniente.
Octavo.—Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento de Hoyo
de Manzanares (Madrid. en la primera sesión que se celebre.
Noveno.—Ordenar la transcripción de la presente Resolución al Libro-Registro
correspondiente.
En Hoyo de Manzanares, a 10 de abril de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Victoria
Barderas.
(03/5.517/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791