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Convenio –  Convenio de 9 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación “La Caixa”, en materia de Obra Social 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ABRIL DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
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CONVENIO de 9 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación
“La Caixa”, en materia de Obra Social 2024.
En Madrid, a 9 de abril de 2024.
REUNIDOS

De una parte, Excma. Sra. Dña. Isabel Díaz Ayuso, Presidenta de la Comunidad de
Madrid, nombrada por Real Decreto 542/2023, de 22 de junio, y en virtud de las facultades
conferidas por el artículo 17 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y el artículo 7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y de conformidad el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero,
de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Y, de la otra, Sr. D. Antonio Vila Bertrán, en nombre y representación, en su calidad
de Director General de la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona,
“La Caixa” (en adelante, Fundación “La Caixa”), entidad domiciliada en Plaza Weyler, número 3, Palma (Illes Balears) y con NIF número G-58899998.
Reconociéndose mutuamente las partes, en la calidad con la que intervienen, capacidad para suscribir este convenio,
MANIFIESTAN
Primero

Segundo
Que Fundación “La Caixa” tiene el objetivo de mejorar las condiciones de vida de las
personas, fundamentalmente aquellas con necesidades especiales y de hacer llegar la cultura a todas las personas, en colaboración con las instituciones públicas y privadas. Desarrolla diferentes programas que abarcan los ámbitos social, educativo, cultural, y de investigación y conocimiento, suponiendo un beneficio para las personas destinatarias sin que ello
suponga una aportación a mayores con cargo a los presupuestos de la Comunidad de
Madrid.

BOCM-20240422-16

Que corresponde a la Comunidad de Madrid establecer la política general de la Comunidad y dirigir su administración, así como velar, en el ejercicio de sus competencias
por el bienestar y la salud de sus ciudadanos, y por el desarrollo y el acceso a la cultura en
su territorio.
En concreto, de conformidad con el Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, le corresponde la competencia exclusiva en materia de fomento de la cultura y la investigación científica y técnica (artículo 26.1.20) y en materia de
promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la creación de centros de protección, reinserción y
rehabilitación (artículo 26.1.23).
Igualmente, le corresponde, en el marco de la legislación básica estatal, el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de sanidad e higiene
(artículo 27.4), y la coordinación hospitalaria en general, incluida la de la Seguridad
Social (artículo 27.5), así como la ejecución de la legislación del Estado en materia de
gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social (artículo 28.1.1) y en materia laboral (artículo 28.1.12).
También corresponde a la Comunidad de Madrid el desarrollo legislativo de la legislación básica estatal y la ejecución en materia de enseñanza en toda su extensión, niveles y
grados, modalidades y especialidades (artículo 29).