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Convenio –  Convenio de 5 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Arganda del Rey, para impulsar la tramitación de proyectos de inversiones a través de la Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 94

LUNES 22 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 95

Octavo
En definitiva, el presente convenio pretende crear un marco de colaboración que permita impulsar los proyectos empresariales de especial interés que supongan un mayor volumen
de inversión, una mayor creación de puestos de trabajo y la generación de valor añadido para
la economía de la Comunidad de Madrid, contribuyendo a simplificar su proceso de puesta en
marcha, incentivando las inversiones productivas en los diferentes territorios de la región, mejorando la vertebración de la región y el desarrollo de todos los municipios de la Comunidad
de Madrid.
De conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto definir los términos de la colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y el Ayuntamiento de Arganda del Rey con el fin último de agilizar la tramitación de los proyectos considerados de especial interés para la región, que vayan a ubicarse en su término municipal.
Segunda
Compromisos de las partes
1.

Por parte de la Comunidad de Madrid:

a) Informar al Ayuntamiento de los proyectos que fueran susceptibles de ser considerados de especial interés para la Comunidad de Madrid que pretendan ubicarse en
su término municipal.
b) Remitir a la corporación local la solicitud y resto de documentación asociada al
proyecto que permita su estudio y la determinación de los procedimientos administrativos asociados al mismo.
c) Convocar al representante designado por la corporación local para formar parte de
la Unidad Técnica de Aceleración de Proyectos de Inversión en aquellos proyectos que fueran susceptibles de ser considerados de especial interés.
d) Nombrar a la persona encargada de la interlocución con la entidad local.
e) Promover medidas efectivas que reviertan en una reducción de los plazos en la tramitación de los procedimientos implicados en la instalación del proyecto puesta
en marcha o consolidación de iniciativas empresariales de especial interés para la
Aceleradora.
Por parte del Ayuntamiento de Arganda del Rey:

a) Designar un representante que ejerza la interlocución con la Aceleradora y que
participe, previa convocatoria, en la Unidad Técnica de Aceleración de Proyectos
de Inversión y en las reuniones de la Aceleradora.
b) Comunicar a la Aceleradora los proyectos de inversión susceptibles de cumplir
con los criterios establecidos en el artículo 8 del Decreto 15/2023, de 1 de marzo,
que hayan manifestado interés en ubicarse en su término municipal, facilitando los
contactos entre el promotor del mismo y la Aceleradora.
c) Poner en conocimiento de la Aceleradora de Inversiones el conjunto de trámites
municipales preceptivos, que puedan estar implicados en la instalación y puesta
en marcha del proyecto, así como sobre cualquier otra materia que pueda ser de
interés para su tramitación.
d) Coordinarse con la Unidad Técnica de Aceleración de Proyectos de Inversión para
realizar el análisis de los procedimientos afectados y realizar el seguimiento de los
proyectos de inversión en su tramitación. Con este fin y previa autorización del
promotor del proyecto, remitirá a la Aceleradora cualquier notificación o información originada en la tramitación de los procedimientos administrativos de la corporación local en relación con dicho proyecto.

BOCM-20240422-17

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