D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - O. A. Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (BOCM-20240420-5)
Convenio –  Convenio de cooperación educativa de 5 de abril de 2024, entre la Universidad San Pablo-CEU y la Comunidad de Madrid, para la realización de prácticas externas en la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 94

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 20 DE ABRIL DE 2024

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los profesionales que participan en las tareas educativas, facilitando y apoyando la realización de actividades curriculares, así como colaborando en la realización de investigaciones
y estudios adecuados para el desarrollo de sus funciones.
Entre las funciones encomendadas, en el artículo 3 z) de la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, se establecen “todas aquellas que directa o indirectamente, coadyuven a la consecución de los objetivos básicos o al mejor desarrollo de las funciones que se atribuyen en
la presente ley”, considerando que el intercambio colaborativo entre la ARRMI e instituciones académicas universitarias contribuye a una mejor formación de los futuros profesionales relacionados con el menor y a un enriquecimiento de los procesos de intervención dirigidos a los mismos.
III. La Universidad San Pablo-CEU, creada por Ley 8/1993, de 19 de abril (“Boletín
Oficial del Estado” núm. 94, de 20 de abril), realiza el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio, pudiendo realizar cualquier actividad necesaria para el adecuado cumplimiento de sus fines, en ejercicio de la autonomía
universitaria que le reconoce la Constitución y la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
de Universidades. Además, la Universidad San Pablo-CEU, fiel al humanismo cristiano que
preside su ideario, persigue la formación integral de sus alumnos y profesores, con el fin de
capacitarlos para el pensamiento crítico y de prepararlos para el ejercicio de actividades científicas y profesionales al servicio de la sociedad. La Universidad San Pablo-CEU está interesada en completar el proceso formativo de sus alumnos a través de prácticas académicas
externas en las que los estudiantes puedan aplicar los conocimientos adquiridos en su formación académica de acuerdo con su específica vocación y, con ello, favorecer la adquisición
de las competencias que les preparen para el ejercicio de su actividad profesional, mejorando así su empleabilidad.
IV. En virtud de cuanto antecede, es deseo de ambas partes suscribir este convenio
con la pretensión de establecer adecuadas fórmulas de cooperación y promover así una relación más intensa y estrecha entre ellas.
Por ello, el presente convenio se celebra conforme a los intereses en común expuestos
y en la seguridad de que redundará en un beneficio para las partes firmantes, para el alumnado de la Universidad San Pablo-CEU, para los empleados públicos autonómicos y para
la propia sociedad madrileña en su conjunto.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes suscriben el presente convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Este convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Universidad San Pablo-CEU, con el fin de determinar las condiciones
en las que sus estudiantes realizarán las prácticas externas en las enseñanzas de Grado de
Psicología, Trabajo Social y Educación Social de esta Universidad y de sus centros adscritos, así como cualquier otra titulación relacionada con el campo de la intervención social
que sea de interés mutuo (o equivalentes de sistemas de enseñanza de anteriores ordenaciones) o conducentes a la obtención de un título de Máster Universitario de conformidad con
lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios. También tiene como objetivo, en segundo lugar, la participación en aquellas actividades curriculares promovidas por cualquiera de estas dos instituciones que se consideren de interés en base a las funciones que cada
una tiene encomendadas.

Relaciones jurídicas
La relación que se establezca entre el estudiante en prácticas y la Comunidad de
Madrid, a través de la ARRMI, no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente convenio y de la misma no se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral,
ya que no tendrá dicho carácter.

BOCM-20240420-5

Segunda