Robledo de Chavela (BOCM-20240419-75)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
Pág. 202

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 93

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75

ROBLEDO DE CHAVELA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20240419-75

Acuerdo del Pleno, de 4 de abril de 2024, de la entidad de Robledo de Chavela por el
que se aprueba provisionalmente la tasa por recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos.
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de imposición y ordenación de la tasa por recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos que se detalla a continuación, el Pleno de esta Entidad, en sesión ordinaria celebrada
el día 4 de abril de 2024, acordó la aprobación provisional de la referida imposición y ordenación de la tasa.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar
las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento ( http://robledodechavela.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Robledo de Chavela, a 10 de abril de 2024.—El alcalde-presidente, Fernando Casado
Quijada.
(03/5.898/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791