C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240419-20)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 615/2024, de 2 de abril, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a entidades locales de la Comunidad de Madrid en materia de archivos correspondiente al año 2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 19 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 93

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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EXTRACTO de la Orden 615/2024, de 2 de abril, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a entidades locales de la Comunidad de Madrid en materia de archivos correspondiente
al año 2024.
BDNS (Identif.): 753250

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero
Beneficiarios
Las Entidades locales de la Comunidad de Madrid que cumplan, además de los requisitos generales exigidos en el apartado 1 del dispongo tercero de la convocatoria, los siguientes requisitos específicos en función de la subvención solicitada:
1.

Línea de equipamiento de local de archivo:

a) El local que se pretende equipar deberá ser considerado apto por el personal técnico de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental.
b) En el caso de solicitar ayuda para dispositivos de reproducción de documentos o
para software específico de gestión de archivo, la Entidad local deberá contar con
personal técnico archivero.
c) En el caso de que la Entidad local no tuviera obligación de contar con personal técnico archivero en razón del objeto de la subvención solicitada, el local que se pretende equipar deberá estar, preferiblemente, ubicado en el edificio consistorial. Si
el local propuesto estuviese fuera del edificio consistorial, deberá estar situado en
dependencias municipales.

a) Las Entidades locales no dispondrán de personal técnico archivero.
b) Los fondos documentales propuestos deberán estar desorganizados o sin el tratamiento archivístico adecuado, de manera que resulte difícil el acceso y la consulta por parte de la Entidad local o sus ciudadanos. La determinación del cumplimiento de este requisito deberá ser comprobado por el personal técnico de la
Subdirección General de Archivos y Gestión Documental.
c) Las Entidades locales interesadas en esta línea de actuación habrán de disponer de
un local adecuado, preferiblemente ubicado en el edificio consistorial o sede principal de la Entidad local, que deberá cumplir los requisitos mínimos para la correcta instalación, conservación y seguridad de los documentos, una vez finalizados los trabajos de organización y tratamiento archivístico. El cumplimiento de
este requisito deberá ser comprobado por el personal técnico de la Subdirección
General de Archivos y Gestión Documental.
3. Línea de actuación de restauración de documentos municipales en mal estado de
conservación o que corren peligro de pérdida o deterioro:
a) Los documentos a restaurar deberán contar con un documento de control en el que
conste, como mínimo, una breve descripción de estos y las fechas de los mismos.

BOCM-20240419-20

2. Línea de actuación de organización y tratamiento archivístico integral de fondos
documentales desorganizados: