C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240418-26)
Concesión subvenciones –  Orden 662/2024, de 5 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Nuevo Baztán para la ejecución de su “Plan de sostenibilidad turística en destino” que forma parte del correspondiente “Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2023”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 92

aplicación, los umbrales mínimos de inversión, el procedimiento de presentación de las propuestas y las reglas para su aprobación, ejecución y justificación.
Según lo establecido en las propias convocatorias, las comunidades autónomas presentan los distintos Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destinos (en adelante,
Planes Territoriales). Así, determina que los Planes Territoriales se elaboran mediante un
proceso participativo y de colaboración entre las tres administraciones públicas competentes y los diferentes actores públicos y privados del ecosistema turístico del destino. Estos
Planes Territoriales están conformados por diferentes Planes de Sostenibilidad Turística en
Destino (elaborados por entidades locales) y por Actuaciones de Cohesión (elaboradas por
las comunidades autónomas). Por tanto, las entidades locales se constituyen como como entes gestores de los PSTD según lo previsto en el art. 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Por otro lado, mediante Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 9 de mayo
de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para
las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se aprueba el Plan Territorial de la Comunidad de Madrid en el marco de la Convocatoria Extraordinaria de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destino 2023.
Este se ve complementado con la Resolución de 27 de junio de 2023, de la Secretaría
de Estado de Turismo, por la que se acuerda la efectiva distribución de los créditos a las respectivas comunidades autónomas y se formalizan los compromisos financieros derivados
del Acuerdo de Conferencia Sectorial de Turismo, de 9 de mayo de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, para el ejercicio 2023.
Posteriormente, el 17 de octubre de 2023, el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros (ECOFIN) aprobó la Adenda al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), modificando los hitos y objetivos CID del Programa Extraordinario de Planes
de Sostenibilidad Turística en Destino. El 29 de diciembre de 2023 se procedió a modificar
el citado Acuerdo de 9 de mayo de 2023, con objeto de incorporar las modificaciones de hitos y objetivos introducidos en la Adenda.
Además, según lo dispuesto en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 9 de
mayo de 2023, modificado por el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de diciembre 2023,
«La concesión de las ayudas establecidas permite a las comunidades autónomas destinar los créditos correspondientes a las entidades beneficiarias en el marco de los Planes Territoriales, según lo que se determine a través de sus respectivos instrumentos jurídicos, y también que sean
estas quienes ejecuten las propias actividades objeto de las ayudas, a través de las inversiones
directas que pudieran efectuar con cargo a tales créditos, y teniendo en consideración las “Orientaciones para la transferencia de fondos a las comunidades autónomas para financiar medidas
con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a través de Conferencia Sectorial o mediante
ayudas convocadas por el Estado y gestionadas por aquellas como entidades colaboradoras” del
Ministerio de Hacienda de fecha 11 de febrero de 2021».
Por ello, será de aplicación lo previsto en el artículo 66.3 de la Ley 15/2023, de 27 de
diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024 relativo al régimen aplicable a las ayudas, financiadas total o parcialmente por la Administración
General del Estado y gestionadas por la Comunidad de Madrid, para las que aquella haya
previsto la aplicación del procedimiento de concesión directa aplicable en el presente caso
a los beneficiarios que hayan sido ya singularizados en el marco del procedimiento estatal.
El procedimiento estatal está regulado por la Conferencia Sectorial de Turismo y recogido en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 9 de mayo de 2023, modificado por el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de diciembre 2023.
En aplicación del artículo 66.3 de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, este procedimiento estatal se entiende iniciado a instancia de parte, continuando la instrucción en la
Comunidad de Madrid.
Dicha instrucción se lleva a cabo por parte de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, la cual notifica, a cada una de las entidades, la aprobación por la SETUR del Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2023 del que forman
parte, y posteriormente ratificado en Conferencia Sectorial de Turismo con fecha 9 de mayo
de 2023, modificado por el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de diciembre 2023.

BOCM-20240418-26

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