B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240418-6)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 5 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista II, Especialidad de Investigación Agropecuaria, Alimentaria y Medioambiental (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 92

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 5 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo
temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional
de Técnico Especialista II, Especialidad de Investigación Agropecuaria, Alimentaria y Medioambiental (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 598/2021, de 17 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 293, de 9 de diciembre), se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo
temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista II, especialidad de Investigación Agropecuaria, Alimentaria y Medioambiental (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid, modificada por Orden 264/2022, de 14 de
febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de febrero), y siendo objeto
de ampliación de plazas mediante Orden 949/2022, de 6 de mayo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de mayo).
De conformidad con lo dispuesto en la base novena de la Orden 598/2021, de 17 de
noviembre, anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, una vez remitida por
el tribunal calificador de las reseñadas pruebas la relación definitiva de personas aspirantes
aprobadas en el referido proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de
dictar la correspondiente resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquellas a
la acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento de los
requisitos de participación establecidos en la señalada orden de convocatoria.
En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE
Primero
Declarar, a propuesta del tribunal calificador del mencionado proceso selectivo, que
han superado el mismo las personas incluidas en la relación que se incorpora como Anexo
de la presente resolución.

1. Con objeto de adquirir la condición de personal laboral, las personas aspirantes seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de
la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para presentar la documentación que se especifica a continuación, exigida en el apartado
segundo de la base novena de la aludida Orden 598/2021, de 17 de noviembre, que será dirigida a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo (calle Los Madrazo, número 34, segunda planta, 28004 Madrid), todo ello sin
perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo:
A) Copia del DNI/NIE o equivalente y, en su caso, demás documentación que fuera
precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de edad y nacionalidad, respectivamente.
B) Copia de la titulación requerida o, en su caso, de la certificación académica que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para
la expedición de dicha titulación, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente por este concepto.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia de
la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalen-

BOCM-20240418-6

Segundo