Madrid (BOCM-20240416-49)
Régimen económico. Distrito de Moratalaz. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 90

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Moratalaz
Extracto del decreto de 5 de abril de 2024 del concejal-presidente del Distrito de Moratalaz, por el que se aprueba las bases reguladoras del XXV Certamen de Pintura Rápida
de Moratalaz 2024

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios
1.a Categoría Infantil: hasta 11 años cumplidos.
2.a Categoría juvenil: desde 12 años a 17 años cumplidos.
3.a Categoría adultos: a partir de 18 años.
Podrán presentarse a la categoría de adultos todos los artistas de nacionalidad española y extranjera residentes en España mayores de 18 años. Los participantes deberán tener
cumplida la edad exigida en la fecha de celebración del certamen. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no podrán concurrir las personas incursas en alguna de las causas enumeradas en la citada disposición.
Los participantes en la categoría de adultos deberán acreditar, mediante la presentación de la solicitud de inscripción, que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento
de Madrid y sus Organismo Públicos.
Segundo. Objeto.—Promover e incentivar la creación artística y sus valores, ofreciendo a toda la ciudadanía la posibilidad de acercarse al arte de la pintura.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por la que se
modifica la Ordenanza de Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, publicada en
www.madrid.es .
Cuarto. Cuantía.—La cuantía total de los premios asciende a 1.700 euros, estableciéndose un primer premio en categoría adultos de 1.000 euros, un segundo premio en categoría adultos de 700.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será desde
el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 15 de junio.
Sexto. Otros datos.—La solicitud se tramitará a través de la Sede Electrónica
https://sede.madrid.es . Para ello, se cumplimentará el formulario de solicitud, acompañado de la documentación correspondiente, y se presentará por vía telemática una vez completado y firmado electrónicamente, para lo cual será necesario disponer del certificado
electrónico.
Presencialmente, en el Centro Sociocultural “Eduardo Chillida”, sito en la c/ Arroyo
Belincoso, número 9, 28030 Madrid, el día 15 de junio, de 9:00 a 10:00 horas.
Madrid, a 5 de abril de 2024.—El concejal-presidente, Ignacio José Pezuela Cabañes.
(03/5.398/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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Código BDNS 753566