C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240416-20)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 1124/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la apicultura para la biodiversidad en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 90

— Tercera (2026): 200.000 euros.
— Cuarta (2027): 200.000 euros.
— Quinta (2028): 200.000 euros.
En caso de que el importe de las solicitudes con derecho al pago sea superior al crédito inicialmente aprobado, la cuantía total máxima fijada inicialmente en esta convocatoria
podrá ser ampliada dentro de los créditos disponibles, sin necesidad de una nueva convocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 62.3 del Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Si con dicha ampliación de la cuantía total máxima fijada inicialmente no fuera suficiente, se podrá aplicar un coeficiente de hasta 0,80 tal y como se recoge en el artículo 7 de
las bases reguladoras.
Estas ayudas serán financiadas por el FEADER, por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por la Comunidad de Madrid, según lo dispuesto en el Plan Estratégico de la PAC para el período 2023-2027 correspondiendo la participación en el gasto público de los diferentes fondos cofinanciadores a los siguientes porcentajes: 35 % FEADER,
20 % Administración General del Estado (AGE) y 45% Comunidad de Madrid. En caso de
modificación del PEPAC, serán los porcentajes publicados en la última versión aprobada.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en
forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 5 de abril de 2024.
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
CARLOS NOVILLO PIRIS

BOCM-20240416-20

(03/5.401/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791