Madrid (BOCM-20240415-33)
Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas de Vivienda. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 89

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
33

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Políticas de Vivienda
Decreto de 4 de abril de 2024, del delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2024 con destino a
actuaciones de adaptación de viviendas para personas con discapacidad y enfermedades raras y de accesibilidad en locales y elementos comunes de edificios residenciales en la ciudad de Madrid, “Plan Adapta Madrid 2024”.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Objeto.—Fomentar la adaptación de las viviendas en donde residan personas con discapacidad y enfermedades raras, para la mejora de su calidad de vida mediante
la eliminación de barreras arquitectónicas y la mejora de su autonomía facilitando la movilidad interior o aumentando la seguridad en el entorno doméstico, así como en fomentar la
accesibilidad en elementos comunes de acceso de los edificios residenciales y locales comerciales situados en la planta baja de edificios de uso residencial con el objetivo de eliminar barreras arquitectónicas y sensoriales.
Segundo. Requisitos de las personas con discapacidad, locales, personas con enfermedades raras y edificios.—Requisitos de las personas con discapacidad: Tener reconocido y en vigor un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, que incluya el grado
de movilidad reducida positivo (excepcionalmente podría sustituirse por informe médico
oficial) o que la discapacidad sea de carácter sensorial o intelectual. En los supuestos de discapacidad visual, la discapacidad tendrá que ser igual o superior al 65 por 100. Estar empadronados en la vivienda del municipio de Madrid para la que se solicita la subvención, así
como residir de manera habitual y permanente en la misma, de forma continuada desde al
menos octubre de 2023. En aquellos casos que hubiera más de una persona con discapacidad en la vivienda objeto de la subvención, se podrá aceptar más de una solicitud siempre
que las actuaciones solicitadas en la vivienda no fueran coincidentes.
Requisitos de los locales: Deberán estar ubicados en la planta baja de edificios de uso
residencia.
Requisitos de las personas con enfermedades raras: Tener reconocida una enfermedad
rara. Estar empadronados en la vivienda del municipio de Madrid para la que se solicita la
subvención, así como residir de manera habitual y permanente en la misma, de forma continuada desde al menos octubre de 2023. En aquellos casos que hubiera más de una persona con enfermedades raras en la vivienda objeto de la subvención, se podrá aceptar más de
una solicitud siempre que las actuaciones solicitadas en la vivienda no fueran coincidentes.
Requisitos de los edificios: Deberán ser de uso residencial y residir en ellos por cualquier título jurídico al menos una persona con discapacidad o enfermedad rara que cumpla
los requisitos indicados anteriormente.
Tercero. Cuantía.—La cuantía total de la convocatoria asciende a 4.000.000,00 de
euros, distribuidos en las anualidades 2024 (3.000.000,00 de euros) y 2025 (1.000.000,00
de euros).
Las ayudas objeto de esta convocatoria consistirán en un porcentaje, en función del
grado de discapacidad, del local, del edificio o de la enfermedad rara que padecen, sobre el
presupuesto protegible, de conformidad con lo regulado en el apartado 23 de la convocatoria y en el Anexo de la misma.

BOCM-20240415-33

BNDS: 753117