C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240415-20)
Crédito presupuestario ayudas –  Orden 1119/2024, de 5 de abril, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se declara el importe de crédito presupuestario disponible para la concesión directa de ayudas del Bono Social Térmico 2022 en el año 2024 por importe de 2.599.425,72 euros
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B.O.C.M. Núm. 89

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE ABRIL DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
ORDEN 1119/2024, de 5 de abril, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se declara el importe de crédito presupuestario disponible para la concesión directa de ayudas del Bono Social Térmico 2022 en el
año 2024 por importe de 2.599.425,72 euros.

El Real Decreto-Ley 15/2018 de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición
energética y la protección de los consumidores, crea en su artículo 5 el programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina,
denominado Bono Social Térmico.
Atendiendo al sistema constitucional de distribución de competencias en materia de
asistencia social, el artículo 10 del citado Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, en
consonancia con los postulados manifestados por el Tribunal Constitucional en su sentencia 134/2020, de 23 de septiembre, estipula una participación compartida por parte del Estado y las administraciones autonómicas para la ejecución del bono social térmico, correspondiendo al primero, principalmente, la financiación de las ayudas en que el mismo se
desarrolla, así como la definición de los parámetros legales relativos a identificación de beneficiarios y cálculo de las ayudas. Por su parte, corresponde a las administraciones autonómicas la ejecución de las funciones relativas a la identificación de los beneficiarios, tramitación de las ayudas, resolución del proceso y pago, así como la regulación del procedimiento
concerniente a los anteriores actos.
Con el fin de dar cumplimiento a la citada sentencia 134/2020, de 23 de septiembre y
así regular el procedimiento, la Comunidad de Madrid aprueba la Ley 4/2022, de 13 de
mayo, que regula la comunicación de información por los comercializadores de referencia
a la Comunidad de Madrid para la gestión y pago del bono social térmico en su ámbito territorial, desarrollada mediante la Orden 1478/2022, de 27 de junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social por la que se regula el procedimiento para la gestión, concesión y pago del Bono Social Térmico en la Comunidad de Madrid.
Mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de 21 de noviembre de 2022, se autorizó la transferencia a la Comunidad de Madrid de 35.345.607,97 euros en concepto de ayudas del Bono
Social Térmico 2022.
Mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Energía de 21 de diciembre
de 2022, se autorizó la transferencia a la Comunidad de Madrid de 34.707.939,21 euros en
concepto de incremento de ayudas del Bono Social Térmico para el año 2022.
Mediante la Orden 719/2023, de 10 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y
Política Social, se declaró el importe de crédito presupuestario disponible para la concesión
directa en el año 2023 del bono social térmico 2022 y se inició el procedimiento para la gestión, concesión y pago del bono social térmico 2022 en la Comunidad de Madrid, por importe de 70.053.547,18 euros.
A fecha 31 de diciembre de 2023, el número de expedientes tramitados ascendió a 131.499
por importe de 67.454.535,11 euros, menos una renuncia por importe de 413,65 euros (total 67.454.121,46 euros), quedando 5.847 expedientes por gestionar el pago de la ayuda del
bono social térmico 2022, por un importe de 2.599.425,72 euros, de aquellos titulares que a día
de la fecha no han presentado la solicitud de renuncia o de sus datos bancarios.
Atendiendo al artículo 56 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda
de la Comunidad de Madrid, el crédito no ejecutado en 2023 (2.599.425,72 euros) se cancela.
Por acuerdo de Consejo de Gobierno de 3 de abril de 2024, se autoriza un gasto por importe dos millones quinientos noventa y nueve mil cuatrocientos veinticinco euros con setenta y dos céntimos (2.599.425,72 euros) para el pago de las ayudas restantes del Bono Social
Térmico 2022 en la Comunidad de Madrid, con cargo a la partida presupuestaria 48399 del
Programa 232E del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales.

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