C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240415-24)
Concesión subvenciones –  Orden 630/2024, de 2 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Madrid para la ejecución de su “Plan de sostenibilidad turística en destino” que forma parte del correspondiente “Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2023”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 15 DE ABRIL DE 2024

2.o

B.O.C.M. Núm. 89

Requisitos:

Las actuaciones financiables incluidas deberán cumplir con la finalidad, criterios, plazos, objetivos e hitos reflejados en la Orden y que corresponden a su vez con la Decisión
de Implementación del Consejo de la UE y en su correspondiente adenda aprobada el 17 de
octubre de 2023. En este sentido, serán financiables estas actuaciones siempre que cumplan
con los plazos establecidos.
A este respecto, igualmente se tienen en cuenta como documentos de referencia el Plan
Territorial de Sostenibilidad Turística en Destinos de la Comunidad de Madrid-Convocatoria
extraordinaria 2023, aprobado y ratificado en la Conferencia Sectorial de Turismo de 9 de
mayo de 2023, modificado por el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de diciembre 2023,
así como la Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destinos para cumplir con la inversión
mínima por ejes del 10 % establecida en su apartado 8.2.2.
3.o

Gastos financiables:

Las inversiones correspondientes a los tipos de actuaciones elegibles podrán ser financiables hasta el 100 % de los costes subvencionables, considerando como tales los siguientes:
a) Las contrataciones externas de ingeniería, seguimiento y obra civil.
b) La compra de equipos, incluyendo equipamiento tecnológico y equipos informáticos, relacionados con las actuaciones financiables.
c) La adquisición de licencias de software de carácter especializado y destinado exclusivamente a la actuación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento adquirido. En el marco de la transición digital y en lo referente a los objetivos de soberanía digital y autonomía estratégica de la UE, hay que prestar
especial atención a las actuaciones que contribuyen al cumplimiento del Eje 3, es
decir, en el ámbito de la transición digital. En este ámbito de transición digital, se
establece, además, el compromiso de adquisición preferente de tecnología
europea en el desarrollo de los planes, respetando, en todo caso, la normativa nacional e internacional en materia de política comercial. Entre otras, se destacan
como ejemplos las siguientes actuaciones con posibilidad de financiación:

d) Las contrataciones externas de consultoría, que se lleven a cabo dentro de la actuación objeto de la subvención como parte de la misma. Los estudios de viabilidad
y de ingeniería de detalle serán subvencionables siempre que sean necesarios para
la realización de la actuación. Podrán haberse realizado con anterioridad a la fecha de elegibilidad, pero en ese caso, su coste no sería elegible.
e) Las contrataciones externas para trabajos de asesoramiento legal, notaría, asesoramiento técnico o financiero contabilidad o auditoría, si están directamente ligados
al proyecto y son necesarios para su preparación o desarrollo, siempre y cuando
hubieran sido contemplados en el presupuesto.
f) La contratación de nuevo personal se categorizará como coste indirecto imputable
o financiable, conforme a la normativa que resulte de aplicación y sin que en ningún caso pueda deducirse la existencia de una relación laboral del personal adscrito a la gestión del programa.
Se velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del PSTD
desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actuación delimitada como objeto del mismo.
En ningún caso existirá vinculación laboral de cualquier tipo entre el personal de
la entidad beneficiaria, que preste o vaya a prestar sus servicios en las actuaciones
desarrolladas o a desarrollar por la presente Orden y la Comunidad de Madrid.
Los costes de contratación de personal, tanto técnico como administrativo, en los
que se incurra para prestar los servicios especificados en el párrafo anterior incluirán la cuota patronal de la seguridad social y otros costes similares de los contratos, siempre que este personal esté dedicado exclusivamente a la gestión temporal
de tal programa, no pudiendo representar un coste superior al determinado por la
convocatoria de las ayudas.

BOCM-20240415-24

i. Comunicación y acceso de recursos y servicios al turista en destino tales
como plataformas, webs, apps o herramientas digitales al servicio de la inspiración, promoción y/o comercialización turística.
ii. Desarrollo de plataformas y sistemas de inteligencia turística en destino, que
integren soluciones de Big Data y de Inteligencia Artificial.