C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240415-24)
Concesión subvenciones –  Orden 630/2024, de 2 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Madrid para la ejecución de su “Plan de sostenibilidad turística en destino” que forma parte del correspondiente “Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2023”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 89

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE ABRIL DE 2024

6.

BOCM-20240415-24

La entidad afectada deberá evaluar la incidencia del posible fraude y su calificación como sistémico o puntual y, en todo caso, retirar los proyectos o la parte
de los proyectos afectados por el fraude y financiados o a financiar por el MRR.
e) Someterse a las actuaciones de control y seguimiento de la aplicación de los fondos
destinados al proyecto mediante la verificación de documentos y a la evaluación
continua y final por parte de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, así como
al control financiero de los mismos de la Comunidad de Madrid y el Tribunal de
Cuentas y órganos estatales y europeos que tengan encomendado el control y seguimiento de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en particular la Comisión europea, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Oficina Europea de
Lucha contra el Fraude (OLAF) y la Fiscalía europea, que podrán acceder a la información de detalle de las actuaciones realizadas.
f) Se comprometen a remitir cuanta información fuera necesaria sobre gestión, ejecución y control de todas las actuaciones que se realicen en el marco de la Orden.
g) La entidad beneficiaria, en cuanto entidad ejecutora, llevará a cabo lo indicado en
el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, en relación con la identificación del perceptor final de los fondos, entidades beneficiarias de las ayudas, contratistas y
subcontratistas y a la aportación de esta información que, en su caso, deberá ir firmada por la persona que tenga poder de firma y representación de la entidad perceptora de los fondos:
i. El NIF del contratista o subcontratista.
ii. El nombre o razón social.
iii. El domicilio fiscal.
iv. La aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es
de aplicación y de conformidad con la LO3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (Anexo
IVB de la Orden HFP/1030/2021).
v. La declaración responsable relativa al compromiso del cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al
ámbito objeto de gestión (Anexo IVC de la Orden HFP/1030/2021).
vi. La acreditación de inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y
retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT)
o en el Censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe
reflejar la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación
en el procedimiento de licitación.
vii. Igualmente se ha de acreditar por los perceptores finales:
— La Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI).
— La declaración responsable del cumplimiento del principio DNSH relativa a la actuación que vayan a ejecutar, de acuerdo con los modelos establecidos en la Guía DNSH del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
( https://www.prtr.miteco.gob.es/content/dam/prtr/es/transicion-verde/
guiadnshmitecov20_tcm30-528436.pdf ).
— El Certificado de estar al corriente de pago con la Tesorería General de
la Seguridad Social (TGSS), la Agencia Estatal de la Administración
Tributaria (AEAT) y la Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid
o autorización de consulta de datos tributarios.
— Los documentos acreditativos de las medidas de difusión adoptadas
para cumplir con las obligaciones de publicidad, medidas de difusión y
comunicación descritas en el dispongo quinto apartado cinco letra k) de
la presente Orden.
— Declaración responsable de cumplimiento con la regla de “minimis” de
acuerdo con dispongo quinto apartado cinco letra p) de la presente Orden.
— Declaración de no estar incurso en las causas de prohibición establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (relativo a
los requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad beneficiaria).
— Declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones o finalidades
subvencionadas.

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