Fuenlabrada (BOCM-20240412-52)
Régimen económico. Oficina Tributaria Ayuntamiento de Fuenlabrada. Padrones fiscales
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 87
VIERNES 12 DE ABRIL DE 2024
Pág. 189
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Oficina Tributaria Ayuntamiento de Fuenlabrada
Anuncio de exposición pública del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, rústica y de características especiales ejercicio 2024.
Con fecha 2 de abril de 2024, por la directora-gerente de la Oficina Tributaria del
Ayuntamiento de Fuenlabrada, se han dictado las resoluciones correspondientes a la aprobación de los padrones del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana, rústica y de
características especiales del ejercicio 2024.
Se pone en conocimiento de los respectivos obligados al pago, que los padrones estarán expuestos al público en la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, sita en
la Pza. de la Constitución, número 1, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del siguiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlos.
Específicamente, en cuanto al contenido de este anuncio de exposición se da publicidad de la siguiente información:
De conformidad con lo previsto en el artículo 8.4 de la ordenanza fiscal número 1 reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, los umbrales a tener en cuenta en el presente ejercicio para los bienes de naturaleza urbana, para la aplicación del tipo diferenciado
(1,23 %), en virtud de lo dispuesto en el artículo 72.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, son los siguientes:
USO
COMERCIAL
UMBRAL DE VALOR CATASTRAL
204.592,97
CULTURAL
5.485.975,06
OCIO Y HOSTELERIA
4.000,000,00
INDUSTRIAL
630.000,00
DEPORTIVO
2.078.795,92
OFICINAS
300.000,00
EDIFICIO SINGULAR
7.654.782,68
RELIGIOSO
1.288.154,70
ESPECTÁCULOS
1.130.000,00
SANIDAD
807.930,90
BOCM-20240412-52
Se podrá interponer recurso de reposición potestativo, previo a la reclamación económico-administrativa ante la Gerencia de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contenciosoadministrativo, ante el Tribunal Económico Administrativo de Fuenlabrada, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago.
En Fuenlabrada, a 3 de abril de 2024.—La directora-gerente de la Oficina Tributaria Ayuntamiento de Fuenlabrada, Alicia García Núñez.
(01/4.999/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 87
VIERNES 12 DE ABRIL DE 2024
Pág. 189
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Oficina Tributaria Ayuntamiento de Fuenlabrada
Anuncio de exposición pública del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, rústica y de características especiales ejercicio 2024.
Con fecha 2 de abril de 2024, por la directora-gerente de la Oficina Tributaria del
Ayuntamiento de Fuenlabrada, se han dictado las resoluciones correspondientes a la aprobación de los padrones del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana, rústica y de
características especiales del ejercicio 2024.
Se pone en conocimiento de los respectivos obligados al pago, que los padrones estarán expuestos al público en la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, sita en
la Pza. de la Constitución, número 1, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del siguiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlos.
Específicamente, en cuanto al contenido de este anuncio de exposición se da publicidad de la siguiente información:
De conformidad con lo previsto en el artículo 8.4 de la ordenanza fiscal número 1 reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, los umbrales a tener en cuenta en el presente ejercicio para los bienes de naturaleza urbana, para la aplicación del tipo diferenciado
(1,23 %), en virtud de lo dispuesto en el artículo 72.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, son los siguientes:
USO
COMERCIAL
UMBRAL DE VALOR CATASTRAL
204.592,97
CULTURAL
5.485.975,06
OCIO Y HOSTELERIA
4.000,000,00
INDUSTRIAL
630.000,00
DEPORTIVO
2.078.795,92
OFICINAS
300.000,00
EDIFICIO SINGULAR
7.654.782,68
RELIGIOSO
1.288.154,70
ESPECTÁCULOS
1.130.000,00
SANIDAD
807.930,90
BOCM-20240412-52
Se podrá interponer recurso de reposición potestativo, previo a la reclamación económico-administrativa ante la Gerencia de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contenciosoadministrativo, ante el Tribunal Económico Administrativo de Fuenlabrada, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago.
En Fuenlabrada, a 3 de abril de 2024.—La directora-gerente de la Oficina Tributaria Ayuntamiento de Fuenlabrada, Alicia García Núñez.
(01/4.999/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791