Colmenar de Oreja (BOCM-20240412-49)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 87

actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid.
1.3. Características de las plazas.
Las plazas convocadas corresponden al Grupo C, Subgrupo C1, de los establecidos en
el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y están escuadradas
en la Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, escala Básica,
categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja.
A los titulares de estas plazas les corresponderán las funciones establecidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el artículo 11 de
la Ley 1/2018, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, así
como las establecidas en el artículo 7 del Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
La categoría de las plazas convocadas es la de Policía (según la Disposición Adicional 5.a de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid).
1.4. Régimen de incompatibilidades.
Las personas aspirantes que resulten nombradas para estas plazas quedarán sometidas
desde el momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente y no
podrán simultanear el desempeño de aquéllas con el de cualesquiera otras plazas, cargos o
empleos remunerados con fondos del propio Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades o Corporaciones, de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismos, aunque los sueldos tengan carácter
de gratificación o emolumentos de cualquier clase.
Segunda. Requisitos de los aspirantes
2.1. Requisitos generales.
Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión de la titulación exigible para el acceso al subgrupo de clasificación profesional C1, esto es, Bachillerato, Técnico o equivalente, expedido con
arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que
acredite la homologación.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente
las funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
f) Carecer de antecedentes penales.
g) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
h) Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante declaración jurada o promesa.
i) No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad
e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación
parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este requisito será
acreditado mediante certificación del Registro Central de delincuentes sexuales
de dicha Ley Orgánica.
2.2. Plazo.
Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en el apartado anterior el día
en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionario de carrera. La acreditación
de estos deberá efectuase con anterioridad al correspondiente nombramiento como funcionario en prácticas, salvo el permiso de conducir de la clase B, que podrá ser obtenido y acreditado con anterioridad a la finalización del correspondiente curso selectivo de formación.

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