Colmenar de Oreja (BOCM-20240412-49)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
20 páginas totales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 87

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE ABRIL DE 2024

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escalafón por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría General para
la Administración Pública.
El Tribunal Calificador no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que
contravenga lo anteriormente establecido, será nula de pleno derecho.
Decimocuarta. Nombramiento como funcionario de carrera
Concluido el curso selectivo de formación, el Tribunal Calificador publicará en el tablón
de edictos del Ayuntamiento, tanto físico como el alojado en la Sede electrónica, así como en
la página web municipal, la relación de aprobados por orden de puntuación, y elevará dicha
relación al órgano competente para su nombramiento como funcionarios de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. Los nombramientos deberán publicarse en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Decimoquinta. Toma de posesión
15.1. Plazo.
Los aspirantes nombrados funcionarios de carrera deberán tomar posesión en el plazo
de treinta días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del nombramiento
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
15.2. Forma.
Para la toma de posesión los interesados comparecerán ante la gestión de recursos humanos del Cuerpo de Policía Local. La toma de posesión incluirá el acto de acatamiento de
la Constitución y resto del ordenamiento jurídico. Para la efectiva toma de posesión, los aspirantes nombrados funcionario de carrera deberán efectuar una declaración optando por el
nuevo cargo o, en su caso, por el que venía desempeñando, a los efectos de dar cumplimiento a la normativa vigente en materia de incompatibilidades, sin perjuicio de las situaciones
administrativas en que proceda declararles.
15.3. Efectos de la falta de toma de posesión.
Quienes sin causa justificada no tomasen posesión dentro del plazo señalado en el
apartado 15.1 no accederán a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local, perdiendo
todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento
conferido.
Asimismo, desde la toma de posesión, los funcionarios quedarán obligados a utilizar
los medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Ayuntamiento.
Décimo Sexta. Impugnación.
La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de
aquella y de las actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnadas en el plazo y
forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO I

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el Tribunal Calificador y
por personal especializado en la materia.
1. Carrera de resistencia sobre 800 metros
1.1. Disposición. El/la aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado para la
salida, pudiendo realizarla de pie o agachado, sin tacos de salida.
1.2. Ejecución. La propia de este tipo de carreras, adaptada a los requisitos mínimos
en cuanto a condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la FIAA (Federación
Internacional de Atletismo), corriendo desde la salida por calle libre.
1.3. Medición. Podrá ser manual, duplicándose en este caso los cronos por cada calle ocupada por un/una aspirante, tomándose el tiempo medio de las 2 mediciones.
1.4. Intentos. Un solo intento.

BOCM-20240412-49

PRUEBAS FÍSICAS