D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240412-26)
Convenio –  Convenio de colaboración de 22 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD), la Asociación de Empresarios Detallistas de Pescados y Productos Congelados de la Comunidad de Madrid (ADEPESCA), la Asociación de Empresarios Detallistas de Frutas y Hortalizas de Madrid (ADEFRUTAS), la Asociación de Empresarios Artesanos del Sector de Pastelería de Madrid-Pasteleros de Madrid (ASEMPAS), la Asociación Española de Floristas (AEFI), el Gremio del Comercio de Ferretería de Madrid y su Provincia (AGREFEMA), la Asociación Provincial de Comerciantes Ambulantes y de Ferias de Madrid, la Asociación de Empresarias y Empresarios del Comercio del Libro de Madrid (Gremio de Libreras y Libreros de Madrid), la Asociación de Comerciantes de Electrodomésticos, Muebles de Cocina y Autónomos (ACEMA), la Única-Asociación Madrileña de Empresarios de Alimentación y Distribución, la Asociación Sindical de Detallistas de Huevos, Aves y Caza de la Provincia de Madrid (ASDHAC), la Asociación de Calzado de Madrid (ACC), la Asociación Empresarial del Comercio Textil, Complementos y Piel (ACOTEX), la Federación de Comercio Agrupado y Mercados de la Comunidad de Madrid (COCAM), el Gremio de Joyeros, Plateros y Relojeros de Madrid y la Asociación de Empresarios de Establecimientos Sanitarios de Ópticas de la Comunidad de Madrid (Asociación Ópticas Madrid), la Asociación de Vendedores Profesionales de Prensa de Madrid (AVPPM), la Asociación de Empresas de Confección y Moda de la Comunidad de Madrid (ASECOM), la Asociación para la Gestión y Modernización del Comercio en Espacios Urbanos y Mercadillos (GESCOMER), la Asociación de Empresarios de Comercios del Hábitat de Madrid, la Asociación Profesional de Tintorerías y Lavanderías de la Comunidad de Madrid (ASTYLCAM) y la Asociación para la Promoción y el Desarrollo del Comercio Ambulante (APRODECA) para la asistencia técnica en materia de ordenación, promoción y fomento de la actividad comercial y de servicios
48 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 112

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 87

ANEXO I
ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA PROFESIONALIZACIÓN DEL SECTOR
ÁREA

SECTOR JOYERO, PLATERO Y RELOJERO DE LA
COMUNIDAD DE MADRID

ENTIDAD COLABORADORA

GREMIO DE JOYEROS PLATEROS Y RELOJEROS DE
MADRID

OBJETIVO

Profesionalización del sector ofreciendo asesoramiento técnico en las materias de interés para la
actividad

ACTUACIONES COMPREND

Asistencia técnica para la profesionalización del sector en las siguientes materias:
ORDENACIÓN: Impartir asistencia técnica en normativa específica, certificación de producto,
seguridad, relaciones con el consumidor, nuevas tecnologías etc
PROMOCIÓN: Formación en materia de imagen de marca, escaparatismo y
merchandising
FOMENTO: Información sobre las subvenciones y ayudas convocadas por la Comunidad de Madrid
dirigidas al sector

PERIODO DE EJECUCIÓN

DESDE EL 1 DE ABRIL HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2024

DESGLOSE DE COSTES

ASOCIACION GREMIO DE JOYEROS, PLATEROS Y RELOJEROS DE MADRID
1. Asistencia técnica prestada por dos personas de la asociación de lunes a viernes, y un técnico
externo con un total de 430 horas:15.583,10 euros (IVA incluido).
Precio por hora:
Técnico 1, Grupo A - 53 euros
Técnico 2, Grupo C nivel 2: 16,82 euros Técnico 3. Grupo A: 60 euros (IVA incluido)
2. Lugar de las asistencias técnicas en las instalaciones sitas en la calle Príncipe de Vergara 74. 3º
Madrid. Coste asumido por la Asociación.
3. Dirección Técnica y programación: Coste asumido por la Asociación.
4. Gastos generales del local: Coste asumido por la Asociación
COMUNIDAD DE MADRID:

1. La Comunidad para el desarrollo del presente Convenio aportará la cantidad de 15.583,10 euros
(IVA incluido), con cargo al Subconcepto 26010 del Programa 431A “Comercio”, del Presupuesto de
Gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2024.

BOCM-20240412-26

2. Los compromisos contenidos en la Cláusula Tercera, apartado 1, del presente Convenio.