D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240412-26)
Convenio –  Convenio de colaboración de 22 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD), la Asociación de Empresarios Detallistas de Pescados y Productos Congelados de la Comunidad de Madrid (ADEPESCA), la Asociación de Empresarios Detallistas de Frutas y Hortalizas de Madrid (ADEFRUTAS), la Asociación de Empresarios Artesanos del Sector de Pastelería de Madrid-Pasteleros de Madrid (ASEMPAS), la Asociación Española de Floristas (AEFI), el Gremio del Comercio de Ferretería de Madrid y su Provincia (AGREFEMA), la Asociación Provincial de Comerciantes Ambulantes y de Ferias de Madrid, la Asociación de Empresarias y Empresarios del Comercio del Libro de Madrid (Gremio de Libreras y Libreros de Madrid), la Asociación de Comerciantes de Electrodomésticos, Muebles de Cocina y Autónomos (ACEMA), la Única-Asociación Madrileña de Empresarios de Alimentación y Distribución, la Asociación Sindical de Detallistas de Huevos, Aves y Caza de la Provincia de Madrid (ASDHAC), la Asociación de Calzado de Madrid (ACC), la Asociación Empresarial del Comercio Textil, Complementos y Piel (ACOTEX), la Federación de Comercio Agrupado y Mercados de la Comunidad de Madrid (COCAM), el Gremio de Joyeros, Plateros y Relojeros de Madrid y la Asociación de Empresarios de Establecimientos Sanitarios de Ópticas de la Comunidad de Madrid (Asociación Ópticas Madrid), la Asociación de Vendedores Profesionales de Prensa de Madrid (AVPPM), la Asociación de Empresas de Confección y Moda de la Comunidad de Madrid (ASECOM), la Asociación para la Gestión y Modernización del Comercio en Espacios Urbanos y Mercadillos (GESCOMER), la Asociación de Empresarios de Comercios del Hábitat de Madrid, la Asociación Profesional de Tintorerías y Lavanderías de la Comunidad de Madrid (ASTYLCAM) y la Asociación para la Promoción y el Desarrollo del Comercio Ambulante (APRODECA) para la asistencia técnica en materia de ordenación, promoción y fomento de la actividad comercial y de servicios
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 87

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE ABRIL DE 2024

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común de soluciones innovadoras y de nuevas fuentes para la recuperación comercial del
sector comercial, en su conjunto.
En este sentido de interrelación entre todas las partes el convenio prevé, en su cláusula tercera, el Intercambio de contenidos y material informativo, incluyendo bancos de imágenes, así como la promoción de acciones conjuntas con medios de comunicación como
presentaciones públicas, inauguraciones, participación en foros y cualquier otra de esta naturaleza que contribuya a la difusión de las asistencias.
En conclusión, todo lo expuesto anteriormente fundamenta la celebración de un único
convenio que posibilite, bajo un marco conjunto de actuación en las áreas de ordenación,
promoción y fomento, la prestación de un asesoramiento homogéneo en dichas áreas para
los sectores comerciales considerados prioritarios de la Comunidad de Madrid y, que a su
vez proporcione a la Comunidad de Madrid información de las necesidades y sugerencias
de dichos sectores, de forma que permita a la Administración establecer patrones orientativos de determinadas necesidades del pequeño comercio minorista, de cara a la confección
de futuros programas y estrategias promocionales y de apoyo al sector.
VI. Que, en este mismo sentido, en aras a la colaboración y con el fin de satisfacer
las necesidades que en los ámbitos señalados puedan demandar otros sectores comerciales
y de servicios, las partes contemplan la posibilidad de que las asociaciones, federaciones y
confederaciones de comerciantes y de servicios que tengan asumidas competencias en las
materias objeto del presente convenio, puedan adherirse al mismo, si existe disponibilidad
presupuestaria.
VII. Que es necesario, por razones de eficacia práctica, establecer las líneas fundamentales, así como de financiación adecuadas para la prestación de la asistencia técnica, estableciéndose una estructura de colaboración público-privada entre las partes, de forma que
se garantice la viabilidad de la misma desde la óptica de la participación y la eficacia.
De conformidad con lo anteriormente expuesto y para la adecuada instrumentación de
los respectivos compromisos, las partes intervinientes proceden a formalizar el presente
convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
El objeto del presente convenio es establecer un marco de colaboración conjunta entre
la Comunidad de Madrid y las asociaciones de comerciantes y de servicios más representativas de los sectores de productos cárnicos, pescados, frutas, pastelería, flores, ferretería,
venta ambulante, librerías, electrodomésticos y muebles de cocina, alimentación general,
aves, huevos y caza, calzado, textil y complementos, comercio agrupado y mercados, joyerías, platerías y relojerías, ópticas, prensa, confección y moda, comercio hábitat y tintorerías y lavanderías para, sin perder de vista las circunstancias y peculiaridades de cada uno
de los mismos, sea posible ofrecer asistencia técnica en materia de ordenación, promoción
y fomento al mayor número de empresas de comercio y de servicios posible y con un cierto grado de homogeneidad, para alcanzar un nivel adecuado de profesionalización en materia de comercio y del sector servicios.
Segunda
Dentro de esta actividad de colaboración se encuentran como líneas de actuación:
1. Acciones dirigidas al comerciante para alcanzar un mayor grado de profesionalización, tales como:
a) Información en materia de ordenación comercial y de servicios.
b) Asesoramiento para el desarrollo de estrategias promocionales y de profesionalización de los sectores.
c) Apoyo en la participación de la actividad de fomento desarrollada por la Administración.
2. Difusión conjunta de las actuaciones de asistencia técnica en los sectores objeto
del presente convenio.

BOCM-20240412-26

Líneas generales de actuación