B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240412-2)
Concurso específico –  Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 87

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE ABRIL DE 2024

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4. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
Sexta
Valoración de solicitudes
1. La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración, que se
constituirá por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con
la Administración de Justicia. Estará compuesta por cuatro miembros propuestos por el citado órgano administrativo, uno de los cuales será un funcionario del Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa. Las centrales sindicales propondrán para la misma dos funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
2. La Comisión de Valoración se regirá en su actuación por las disposiciones de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico, de las Administraciones Públicas.
3. Se propondrá a los candidatos que hayan obtenido la mayor puntuación sumados
los resultados finales de las dos fases y, en caso de empate en la puntuación, primaría el candidato que se encuentre en servicio activo en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, si persistiera el empate se atenderá a la antigüedad en el Cuerpo.
4. Este acuerdo será expuesto en la publicada en la página web de la Comunidad de
Madrid y contra el mismo, los interesados podrán formular alegaciones en el plazo de diez
días hábiles contados a partir del día de su publicación.
5. La Comisión de Valoración resolverá las alegaciones que se presenten en relación
con la aplicación del baremo de méritos y redactará propuesta de candidato que elevará a la
Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia
quien dictará la Resolución definitiva. La resolución del concurso se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Estado”.
Séptima
Destinos
1. El destino adjudicado se considerará obtenido con carácter voluntario y, en consecuencia, no generará derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
2. El destino adjudicado será irrenunciable. No obstante, aquel funcionario que hubiera obtenido un puesto de trabajo por concurso especifico podrá renunciar a éste si antes
de finalizar el plazo de toma de posesión hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a comunicarlo al órgano convocante. De incumplir este deber de comunicación, deberá el funcionario tomar posesión
en el primero de los destinos adjudicados.
Octava
1. El presente concurso se resolverá en el plazo máximo de tres meses, contados desde el siguiente al de finalización de la presentación de solicitudes, de conformidad con el
artículo 51.3 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia y la resolución, que se
publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se motivará de acuerdo
con lo previsto en el artículo 51.4 del citado Real Decreto. También será objeto de publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
2. El cese en su centro de destino se producirá en el plazo de tres días hábiles siguientes al de su adjudicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El plazo de toma de posesión a partir del cese será de tres días hábiles si no implica cambio de localidad del funcionario, ocho hábiles si hay cambio de localidad y veinte hábiles si supone
cambio de Comunidad Autónoma.
Novena
Recursos
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Viceconsejería de Justicia y Victimas en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD

BOCM-20240412-2

Resolución y tomas de posesión