Camarma de Esteruelas (BOCM-20240411-52)
Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 86

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE ABRIL DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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CAMARMA DE ESTERUELAS

En el acuerdo del Pleno ordinario del Ayuntamiento de Camarma de Esteruelas, de 26
de marzo de 2024, la designación de cargos a desempeñar con dedicación exclusiva y parcial, determinación de sus retribuciones y de fijación de las dietas de los concejales sin dedicación exclusiva o parcial, se acordó lo siguiente:
Primero.—Designar el cargo de Alcaldía-Presidencia de la Corporación a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva, el cual podrá compatibilizar con otras ocupaciones marginales en los términos que se establecen en el artículo 13.3 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Las
retribuciones anuales brutas de la Alcaldía-Presidencia serán de 34.000,00 euros distribuidas en 14 pagas mensuales de 2.428,57 euros brutos.
Segundo.—Designar el cargo de Primera Tenencia de Alcaldía a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva, el cual podrá compatibilizar con otras ocupaciones marginales en los términos que se establecen en el artículo 13.3 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Las retribuciones
anuales brutas de esta Tenencia serán 32.000,00 euros distribuidas en 14 pagas mensuales
de 2.285,71 euros brutos.
Tercero.—Designar el cargo de Segunda Tenencia de Alcaldía a desempeñar en régimen de dedicación parcial a un 50 por 100 de la jornada. Las retribuciones anuales brutas
de esta Tenencia serán de 17.000,00 euros distribuidos en 14 pagas mensuales de 1.214,28
euros brutos.
Cuarto=Designar el cargo de concejal-delegado de Festejos, Asociaciones, Tradiciones Locales, Transporte y Movilidad (anteriormente de Festejos y Asociaciones) desempeñar en régimen de dedicación parcial a un 75 por 100 de la jornada. Las retribuciones anuales brutas de esta Concejalía serán de 25.500,00 euros distribuidas en 14 pagas mensuales
de 1.821,42 euros brutos.
Quinto.—Las citadas retribuciones, incluida la de la Concejalía Delegada de Festejos, Asociaciones, Tradiciones Locales, Transporte y Movilidad, originariamente de Festejos y Asociaciones, tendrán efectos retroactivos desde la ocupación del cargo, esto es:
a) La Alcaldía-Presidencia desde el 17 de junio de 2023 (fecha de constitución del
Ayuntamiento y toma de posesión de la Alcaldía-Presidencia).
b) La primera y segunda Tenencia de Alcaldía desde el día 23 de junio de 2023 (decreto de Alcaldía número 2023-0903, de 22 de junio).
c) La Concejalía Delegada de Festejos, Asociaciones, Tradiciones Locales, Transporte y Movilidad (anteriormente de Festejos y Asociaciones) desde el día 23 de
junio de 2023 (decreto de Alcaldía número 2023-0902, de 22 de junio).
Asimismo las retribuciones indicadas se actualizarán anualmente aplicando el índice
de precios de consumo anual positivo con el límite del régimen retributivo de los miembros
de las Corporaciones Locales vigente en cada momento, no pudiendo superarse, de forma
anual o acumulativamente, éste último.
Sexto.—Asignación por asistencia a sesiones de órganos colegiados de los concejales
que no tengan designada una dedicación exclusiva o parcial:
— Por asistencia a Plenos 66,11 euros a los que se les aplicará la retención de IRPF
marcada por ley.
— Por asistencia a comisiones informativas 60,10 euros a los que se les aplicará la retención de IRPF marcada por ley.
— Por asistencia a la Junta de Gobierno Local 60,10 euros a los que se les aplicará la
retención de IRPF marcada por ley.
Séptimo.—Solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social el alta de todos los
miembros de la corporación que desempeñan sus cargos con dedicación exclusiva y parcial,

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ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO