Pinto (BOCM-20240411-64)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
13 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 86

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE ABRIL DE 2024

Pág. 173

El Tribunal Calificador publicará en la sede electrónica (tablón electrónico) del
Ayuntamiento de Pinto, la relación provisional de personas aspirantes con el orden de puntuación alcanzado, así como las puntuaciones parciales en todas y cada
una de las fases del concurso, disponiendo la apertura de un plazo único e improrrogable de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación, a
fin de presentar las alegaciones que estimen pertinentes a la relación provisional
de puntuaciones otorgadas.
Una vez finalizado el plazo de alegaciones el Tribunal publicará órgano la calificación definitiva de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso en la sede
electrónica (tablón electrónico) del Ayuntamiento de Pinto.
10. Calificación definitiva de fase de concurso-oposición
La calificación final de las pruebas de oposición y del concurso será la suma de la calificación final de las pruebas de oposición y la puntuación obtenida en el concurso de méritos.
El orden de colocación de las personas aspirantes se establecerá de mayor a menor en
función de los que obtengan la mayor puntuación sumada la fase de concurso y la fase de
oposición.
En caso de empate en la puntuación obtenida por los aspirantes, se seguirán los siguientes criterios para resolverlo, por orden de preferencia:
— Mayor puntuación obtenida en las pruebas culturales.
— Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de
los aspirantes empatados, iniciándose el escalonamiento por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado de la Función Pública a que se refiere el artículo 17 del RGI, publicada en el “Boletín Oficial del Estado”.
Finalizadas las pruebas y terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal Calificador, publicará en la sede electrónica (tablón electrónico) del Ayuntamiento de Pinto, la
relación provisional de personas aspirantes, así como el orden de puntuación final alcanzado, todo ello de conformidad con el baremo obtenido en la fase de concurso y por las notas
finales obtenidas en todos y cada uno de los ejercicios de la fase de oposición puntuables.
En ningún caso, la relación de las personas aspirantes que hayan superado el proceso
selectivo podrá contener un número superior al de las plazas convocadas. No obstante, con
el fin de asegurar la cobertura de las plazas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados antes de su nombramiento como funcionarios en prácticas, o cuando de
la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que, habiendo superado la fase de concurso, sigan a los propuestos para
su posible nombramiento como funcionarios en prácticas, propuestos según el orden de
puntuación señalado que podrá realizarse conjuntamente con la calificación definitiva de la
fase de concurso.

Los/as aspirantes propuestos/as, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir
del siguiente de la publicación de la lista de aprobados/as presentará, original y copia en el
Departamento de Recursos Humanos, todos los documentos acreditativos de las condiciones
de capacidad y requisitos exigidos que acreditan el cumplimiento de los requisitos exigidos
en las bases:
— Documento Nacional de Identidad que deberá estar vigente.
— Titulación exigida en la convocatoria o justificante de haber abonado los derechos
para su expedición. Si estos documentos estuviesen expedidos después de la fecha
en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificar el momento en
que concluyeron los estudios. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se
deberá aportar la credencial que acredite su homologación.
— Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

BOCM-20240411-64

11. Presentación de documentación