C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (BOCM-20240411-31)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto del Acuerdo de 15 de marzo de 2024, de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá, por el que se aprueba la Convocatoria 2024 de Ayudas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica-UAH
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 11 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 86

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Universidad de Alcalá
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EXTRACTO del Acuerdo de 15 de marzo de 2024, de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá, por el que se aprueba la Convocatoria 2024
de Ayudas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica-UAH.
BDNS: 752390

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero
Beneficiarios
Podrá participar cualquier profesor de la UAH promotor/proponente de una solicitud de
creación de una EBT y que cumpla las condiciones establecidas en el Reglamento de EBTs
de la UAH (modificado en sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 22 de junio de 2017).
Segundo
Objeto
Esta iniciativa complementa el Concurso de Ideas para la Creación de Empresas de
Base Tecnológica (EBT), que anualmente convoca el Vicerrectorado de Investigación y de
Transferencia.
El objetivo principal de la convocatoria es fomentar la transferencia de las tecnologías
y conocimientos generados en la Universidad de Alcalá (UAH) a través de EBTs.
Tercero
Bases reguladoras
Bases Reguladoras Marco de la concesión de becas y ayudas a la investigación por la
Universidad de Alcalá ( https://www.uah.es/export/sites/uah/es/investigacion/.galleries/Investigacion/Bases_Reguladoras_Becas_Ayudas_Investigacion_UAH.pdf ).
Cuarto
Se establecen dos tipos de ayudas, según la fase en que se encuentre la tramitación de
la creación de la EBT:
— Fase 1: Ayuda para la preparación de una propuesta de creación de la EBT de acuerdo con la normativa de vigente aplicación. Por un importe de hasta 1.000 euros, que
se destinarán a cubrir los gastos incurridos en la preparación de propuesta de creación de la EBT hasta que esta sea aprobada por el Consejo Social de la UAH.
— Fase 2: Ayuda para la puesta en marcha de la EBT. Por importe de hasta 4.000
euros, que se destinarán a cubrir los gastos necesarios de funcionamiento inicial
de la EBT.
El importe total de las ayudas se fija en 10.000 euros y se imputará al centro de coste 30400M110.

BOCM-20240411-31

Cuantía