Alcobendas (BOCM-20240410-20)
Organización y funcionamiento. Estructura y nombramientos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 85

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE ABRIL DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
20

ALCOBENDAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

En relación a la organización administrativa y funcionamiento del Ayuntamiento de
Alcobendas, por la alcaldesa-presidenta, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,
se han dictado las resoluciones que seguidamente se detallan:
Decreto de Alcaldía-Presidencia número 1840/2024, de 9 de febrero, sobre nueva
composición de los miembros de la Junta de Gobierno Local
“La Junta de Gobierno Local en los municipios de gran población, a los que se aplica
el Título X de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, con
las modificación introducidas por la Ley 57/2003 de 16 de diciembre, de Medidas para la
Modernización del Gobierno Local, viene regulada en los arts. 126 y 127 de dicha norma,
que han sido desarrollados por los arts. 35 a 52 ambos inclusive, del Reglamento Orgánico
del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Alcobendas.
Resultando que una vez constituida la Junta de Gobierno Local tras la de la propia Corporación han sobrevenido cambios en el equipo de gobierno al haberse ejercido por el concejal del Partido Popular, D. Pablo Salazar Gordón su derecho a la renuncia a su condición de
Corporativo, de lo que se tomó conocimiento en el Pleno ordinario del pasado 25 de enero.
Considerando que según el art. 36 del Reglamento citado, corresponde al alcalde, nombrar y separar libremente a los integrantes de la Junta de Gobierno Local de entre los concejales de la Corporación, cuyo número no podrá exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno además del alcalde, que es el presidente nato de dicha Junta de Gobierno.
Considerando que la condición de secretario de la Junta de Gobierno Local, la ostentará uno de los miembros que, igualmente, será designado por el alcalde (art. 126.4 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril y 36.2 del Reglamento Orgánico Municipal).
Por tanto, a la vista de dichos preceptos, vengo a decretar:
Primero.—Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento quede nuevamente
integrada por cinco miembros, bajo la presidencia de esta Alcaldía, no superando el tercio
del número legal de los miembros que componen la Corporación.
Segundo.—Nombrar como miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes
concejales:

Tercero.—Mantener la designación como concejal-secretaria de la Junta de Gobierno
Local de D.a Marta Martín García.
Para los casos de ausencia, enfermedad o vacante de la anterior se mantiene la designación como concejal-vicesecretario a D. Jesús Montero Saiz.
En los supuestos excepcionales de ausencia, vacante o enfermedad de los Concejales
Secretaria y Vicesecretario, podrán ejercer tal condición, por sustitución, los miembros de
la Junta de Gobierno que ostenten la condición de tenientes de alcalde, según el orden de
su nombramiento.
Cuarto.—Sin perjuicio de lo que establezca la propia Junta al aprobar las normas que
determinen su funcionamiento, el régimen de celebración de sesiones ordinarias, que tendrán periodicidad semanal, será todos los martes a las 10:00 horas en primera convocatoria
y una hora más tarde en segunda.
De ser día inhábil se celebrará sesión ordinaria el inmediato día hábil posterior con el
horario señalado.

BOCM-20240410-20

1. D.a Marta Martín García.
2. D. Jesús Montero Saiz.
3. D.a. María José Ortiz Iglesias de Ussel.
4. D.a María del Mar Rodríguez Fernández.
5. D. Carlos Rodrigo Medina.