Madrid (BOCM-20240409-36)
Régimen económico. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Extracto convocatoria subvenciones
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 84

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE ABRIL DE 2024

Pág. 105

BOCM-20240409-36

Séptimo. Pago.—Una vez publicada la resolución de concesión se procederá al pago
de la subvención que estará sujeta al orden de prelación de pagos establecido en el Plan de
Disposición de Fondos de Tesorería y al resto de disposiciones vigentes en la materia.
Octavo. Acumulación y compatibilidad de las ayudas.—Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones
o entes públicos nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre
que la totalidad de las ayudas obtenidas no exceda el precio del vehículo objeto de la subvención, excluidos impuestos.
El solicitante, al desarrollar una actividad económica, no podrá superar los límites establecidos en el Reglamento UE 2023/2831, de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea a las ayudas de minimis.
Madrid, a 20 de marzo de 2024.—El Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo,
Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.
(03/4.860/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791