C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240409-12)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 377/2024, de 28 de febrero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, por la que se convocan las ayudas a la modernización de las librerías correspondientes al año 2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 84

MARTES 9 DE ABRIL DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
12

EXTRACTO de la Orden 377/2024, de 28 de febrero, del Consejero de Cultura,
Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, por la que se convocan las ayudas a la modernización de las librerías correspondientes al año 2024.
BDNS (Identif.): 750854

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero
Beneficiarios
Podrán concurrir a estas ayudas las personas físicas que sean profesionales autónomos
(correspondientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad
Social) que estén dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la Comunidad de Madrid, y las empresas, siempre que cumplan los requisitos del dispongo segundo
de la orden de convocatoria. Se excluyen las instituciones sin ánimo de lucro y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales
como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
Segundo
Objeto
Convocatoria para el año 2024 de las ayudas públicas para las librerías de la Comunidad de Madrid que realicen proyectos dirigidos a la modernización e innovación de sus establecimientos y de sus procesos de negocio.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 511/2019, de 2 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 85, de 10 de abril de 2019), modificada por Orden 969/2021, de 23 de agosto, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 208, de 1 de septiembre de 2021).
Cuarto
Cuantía
200.000 euros.
Quinto
Quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de
la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Pago y justificación
Las ayudas se abonarán a los beneficiarios con carácter de anticipo a cuenta, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente, y de acuerdo con las disposiciones líquidas de la Tesorería, no siendo necesaria la constitución de garantía.

BOCM-20240409-12

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