Madrid (BOCM-20240409-43)
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B.O.C.M. Núm. 84

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE ABRIL DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
OTROS ANUNCIOS

Extracto de la Resolución de 1 de abril de 2024, de la Directora General de la Oficina
del Nuevo Plan General de Ordenación Urbana por la que se aprueba la convocatoria pública para la colaboración con el Ayuntamiento de Madrid para el impulso del Proyecto de
Diseño del Territorio y Estrategia Urbana denominado Plan General de Madrid 360, mediante convenio.
Primero. Entidad adjudicadora y datos para la obtención e información.
a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio
Ambiente y Movilidad.
b) Dependencia que tramita el expediente: Dirección General de la Oficina del Nuevo Plan General de Ordenación Urbana.
Plaza de la Villa, número 5, 28005 Madrid.
Correo electrónico: oficinaplangeneral@madrid.es
Segundo. Objeto.—El objeto de la convocatoria es la colaboración con actores estratégicos para la realización de actuaciones, en las condiciones que se establecen en el
Convenio tipo, encaminadas al impulso del Proyecto de Diseño del Territorio y Estrategia
Urbana denominado Plan General de Madrid 360.
Tercero. Solicitantes.—Podrán concurrir aquellas entidades que acrediten documentalmente que entre sus objetivos está incluido el desarrollo de programas en materia
de soluciones urbanas, modelos de ciudad y desarrollo e investigación del territorio.
Cuarto. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regirá por las condiciones
recogidas en las bases y por las cláusulas del convenio tipo, y en lo no previsto por ellos, queda sometida al régimen jurídico determinado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; en el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril, y en la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.
Quinto. Procedimiento y forma de adjudicación.—Se efectúa en régimen de libre
concurrencia, y el procedimiento a seguir será el del convenio suscrito con cada entidad que
cumpla con los requisitos establecidos en las bases que rigen la convocatoria.
Sexto. Régimen económico.—La convocatoria no comporta una contraprestación
económica entre las partes firmantes.
Séptimo. Plazo de duración y prórroga.—El período de vigencia del Convenio será
de cuatro años, a partir de la fecha de su firma por el último de los firmantes, pudiendo prorrogarse por acuerdo unánime de las Partes antes de la finalización del plazo previsto, por
un período máximo de cuatro años adicionales.
Octavo. Plazo de presentación de solicitudes.—Los interesados en el procedimiento deberán presentar sus solicitudes electrónicamente en el modelo que se encuentra disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, en la dirección
https://sede.madrid.es , a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El plazo de presentación de las solicitudes quedará abierto mientras duren los trabajos de redacción del Plan General de Madrid 360.
Noveno. Resolución.—El órgano competente, a la vista de las solicitudes presentadas y conforme a los criterios mencionados en las presentes bases, iniciará la tramitación
de los convenios que proceda con las entidades que cumplan los requisitos establecidos. Las
cláusulas del modelo de convenio no serán objeto de negociación.

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