C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240408-39)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 584/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 2204/2023, de 30 de noviembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2024 y 2025, en el sector del deporte
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 83

A.2. Para la concesión directa de las ayudas destinadas a federaciones deportivas
madrileñas para la organización de eventos deportivos de especial interés:
48099 - Otras Instituciones sin fines de lucro, cuya cuantía se determina mediante la
orden por la que se declaren los créditos presupuestarios disponibles en cada anualidad.
B. Líneas de subvención a asociaciones deportivas distintas
de las federaciones deportivas madrileñas
Para las subvenciones incluidas en el apartado 4.B.1, está prevista su financiación con cargo al subconcepto 48099-Otras Instituciones sin fines de lucro: hasta 3.549.641 euros para cada
uno de los ejercicios 2024 y 2025, y para las incluidas en el apartado 4.B.2, con cargo al subconcepto 48099, los importes que se determinen para cada uno de los ejercicios indicados.
C. Línea de subvenciones destinadas a deportistas
Para las subvenciones incluidas en el apartado 4.C, está prevista su financiación con
cargo al subconcepto 48399-Familias: Otras actuaciones: hasta 1.420.000 euros para cada
uno de los ejercicios 2024 y 2025.
D. Líneas de subvención destinadas a las Corporaciones Locales
Para las subvenciones incluidas en el apartado 4.D.1, está prevista su financiación con
cargo al subconcepto 46309: Corporaciones Locales: hasta 1.750.000 euros para cada uno
de los ejercicios 2024 y 2025.
Para las subvenciones incluidas en el apartado 4.D.2, está prevista su financiación con
cargo al subconcepto 76309: Corporaciones Locales: hasta 2.300.978 euros para cada uno
de los ejercicios 2024 y 2025.
Para la subvención prevista para el Ayuntamiento de Aranjuez prevista en el apartado 4.D.3, está prevista su financiación con cargo al subconcepto 63103 del Programa 336 A,
con fondos provenientes de del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGeneration UE, así como con fondos propios del
presupuesto de gastos de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por un importe
de 2.366.821,09 euros.
E. Otras subvenciones
Para las subvenciones nominativas incluidas en el apartado 4.E:
— A favor de la Unión de Federaciones Deportivas Madrileñas (UFEDEMA), está
prevista su financiación con cargo al subconcepto 48642, hasta 62.060 euros, para
cada uno de los ejercicios 2024 y 2025.
— A favor de la Fundación Madrid por el Deporte, está prevista su financiación con cargo al subconcepto 48636 hasta 316.720 euros para cada uno de los ejercicios 2024
y 2025.
— A favor de la Agrupación Deportiva de la Sierra, está prevista su financiación con
cargo al subconcepto 48664 hasta 25.000 euros para cada uno de los ejercicios 2024
y 2025.
— A favor de la Agrupación Deportiva Nacional I, está prevista su financiación con
cargo al subconcepto 48665 hasta 25.000 euros para cada uno de los ejercicios 2024
y 2025.
7. Plan de acción
Los mecanismos administrativos que se utilizarán para poner en práctica las líneas de
subvención contempladas en el presente plan estratégico serán los siguientes:
a) Mediante órdenes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte o convenios
promovidos por la misma que articulen la concesión de la subvención, que se utilizarán en todas aquellas que estén contempladas como nominativas en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, así como aquellas otras que, sin ser
nominativas, pudieran ser tramitadas conforme el artículo 4.5 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo.
b) Mediante convocatorias públicas, en régimen de concurrencia competitiva y procedimiento simplificado de concurrencia competitiva sin órgano colegiado, para
el resto de subvenciones que no se contemplen en el apartado anterior.

BOCM-20240408-39

A. Puesta en práctica de las líneas de subvención