C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240408-39)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 584/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 2204/2023, de 30 de noviembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2024 y 2025, en el sector del deporte
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B.O.C.M. Núm. 83

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE ABRIL DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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ORDEN 584/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 2204/2023, de 30 de noviembre, por la que
se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2024 y 2025, en
el sector del deporte.

Mediante la Orden 2204/2023, de 30 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2024 y 2025,
en el sector del deporte, siendo publicado en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 18 de diciembre de 2023, en el Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Se hace necesario modificar la Orden 2204/2023, de 30 de noviembre, para incorporar a dicho Plan la siguiente línea de subvención: concesión directa de una subvención en
especie por parte de la Comunidad de Madrid a favor del Ayuntamiento de Aranjuez, con
el propósito de acometer la realización de las obras de modernización de las instalaciones
deportivas del Centro de Especialización y Tecnificación Deportiva de la Comunidad de
Madrid. CETD de Piragüismo “La Piragüera”, en Aranjuez (Madrid), dentro del Componente 26: “Fomento del Sector del Deporte”, del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationUE, para su entrega, una vez
finalizadas las obras, al Ayuntamiento de este municipio para su destino al uso público previsto. Todo ello por un importe de 2.366.821,09 euros.
De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con
lo dispuesto en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid, y el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, y de acuerdo con las competencias atribuidas por el Decreto 264/2023, de 5
de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería Cultura, Turismo y Deporte, compete al Consejero de Cultura, Turismo y Deporte
aprobar los distintos planes estratégicos de subvenciones de la Consejería, así como sus modificaciones.
En su virtud, a propuesta del Director General de Deportes,
DISPONGO
Primero
Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2024 y 2025,
en el sector del deporte
El Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2024 y 2025, en el sector del deporte, queda modificado como sigue:

«D.1. Mediante convocatoria anual, por el procedimiento de concurrencia competitiva, para financiar, en parte, los gastos ocasionados a los ayuntamientos por la organización o participación en actividades del deporte infantil.
Para la resolución de las ayudas se tendrán en cuenta los siguientes criterios: el de organización de competiciones y el de participación en función de la población del municipio.
D.2. Mediante procedimiento de concurrencia competitiva o convenios a suscribir
con entidades locales, para inversiones en instalaciones deportivas.
D.3. Asimismo, podrán, además incluirse otras subvenciones a entidades locales mediante los procedimientos oportunos para las finalidades contempladas en el Componente 26:
Plan de Fomento del Sector del Deporte, del Plan de Recuperación, Transformación y Re-

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Uno. Dentro del apartado 4, Líneas de subvención, la letra D, Subvenciones a Corporaciones Locales, queda redactada de la siguiente manera: