Valdemoro (BOCM-20240403-64)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 79

d).8. La calificación del curso selectivo será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de las asignaturas a superar. La nota final será la
media aritmética correspondiente al conjunto de las mismas, resultando vinculante para el
tribunal calificador la calificación otorgada por el centro docente.
d).9. Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo de formación, siempre
que se deba a causas de fuerza mayor o derivadas de embarazo o maternidad, debidamente
justificadas y apreciadas por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad
de Madrid, tendrán opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria del curso que efectúe dicho centro. Para la calificación definitiva del proceso de selección se mantendrá la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso, computándose la obtenida en el curso selectivo de formación.
Decimotercera. Calificación definitiva del proceso selectivo.—La calificación final del
proceso selectivo será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de oposición, en el concurso y en el curso selectivo de formación, conforme a la siguiente ponderación:
[(COP × 40) + (CSF × 60)] / 100
Donde COP es la calificación obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso y
CSF la obtenida en el curso selectivo de formación.
En caso de empate, se dirimirá en función de quien haya sacado mejor puntuación en
el Curso Selectivo de Formación. De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose el escalonamiento por
la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado de la Función
Pública a que se refiere el artículo 17 del RGI.
Decimocuarta. Resolución del proceso selectivo y nombramiento.—Obtenidas las
calificaciones definitivas, el Tribunal Calificador elevará al órgano competente la propuesta de nombramiento como funcionario de carrera en la categoría correspondiente al candidato que haya obtenido la mayor puntuación, que se publicará en el tablón de edictos y en
la web municipal.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
La resolución del proceso selectivo tendrá carácter vinculante sin que, en ningún caso,
pueda aprobarse ni declararse que ha superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.
Decimoquinta.—Presentación de la documentación.—d).1. Documentos exigibles: una
vez concluido el proceso selectivo, el aspirante propuesto (con carácter previo a su nombramiento e incorporación) quedará obligado a presentar en el Departamento de Recursos Humanos, todos los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos
en la base 3.a. Sin el cumplimiento de este requisito, no se dará por válida la puntuación obtenida en la fase de oposición y, en consecuencia, ni la puntuación final del proceso selectivo.
Además, se aportarán los siguientes documentos:
a) Original y copia del Documento Nacional de Identidad, en vigor. Para los nacionales
de otros Estados, del Pasaporte o del Número de Identidad Extranjero, en vigor, y
en su caso, de la documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos establecidos en la base 3.a de la
presente convocatoria.
b) Original y copia del título académico oficial exigido para el ingreso en la base 3.a,
o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su expedición, en cuyo caso deberá aportar, además, certificación académica compresiva de todas las materias cursadas donde conste expresamente que se han finalizado los estudios conducentes a la obtención del
título. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la correspondiente credencial de homologación.
c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
c).2. Plazo presentación documentos: el plazo de presentación de los documentos
será como máximo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación
del candidato propuesto por el Tribunal en la página web municipal.

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