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Convenio –  Convenio de 14 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la ejecución de diversas actuaciones de los planes de sostenibilidad turística en destino (PSTD) edición extraordinaria 2022 y 2023, financiados con fondos NextGenerationEU, a través de la Empresa de Transformación Agraria, S. A., S. M. E., M. P. (TRAGSA) y Tecnologías y Servicios Agrarios, S. A., S. M. E., M. P. (TRAGSATEC)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 79

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE ABRIL DE 2024

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otros ámbitos territoriales turísticos más amplios para los que sirven de entrada y bisagra,
como son la Casa de Campo y el Madrid Río, por un lado, y el Madrid de Palacio y la Gran
Vía, por otro.
Las Administraciones firmantes del este convenio, que tienen ambos espacios en su
Planes financiados con fondos NextGenerationEU, consideran que la integración de todos
los aspectos requeridos para una ejecución adecuada de las actuaciones subvencionadas requiere de una gestión unificada a través de TRAGSA y de su filial TRAGSATEC.
Las prestaciones que el Ayuntamiento de Madrid podrá, en su caso, requerir a
TRAGSA y a su filial TRAGSATEC, responderán a las siguientes líneas de actuación, todas ellas competencia del medio propio según sus estatutos:
— La redacción de los proyectos necesarios para dar cumplimiento a las actuaciones
objeto del convenio.
Los proyectos deberán incluir los aspectos de conservación, restauración y rehabilitación de bienes integrantes del patrimonio cultural; los aspectos museográficos,
especialmente aquellos relacionados con la interpretación y puesta en valor de elementos del patrimonio cultural y, los aspectos de promoción turística.
— La ejecución de obras, trabajos y prestaciones de servicios necesarios para dar
cumplimiento a las actuaciones objeto del convenio
La ejecución de obras, trabajos y prestación de servicios incluye la conservación,
restauración y rehabilitación de bienes integrantes del patrimonio cultural; las necesarias para su gestión museográfica; las de conservación del medio ambiente y
medio natural y las de promoción turística.
Se incluyen igualmente la implantación de los medios y contenidos digitales necesarios para la consecución de los objetivos de funcionamiento cultural, museográficos y turísticos incluidos en las actuaciones subvencionadas.
Quedan también incluidas en este apartado la recogida, transporte, almacenamiento, transformación, valorización, gestión y eliminación de productos, subproductos o residuos de cualquier tipo que resulten de la ejecución de las obras correspondientes a las actuaciones objeto del presente convenio.
— Cualquier otra tarea o actividad complementaria o accesoria a las citadas anteriormente, necesarias para la ejecución de las actuaciones objeto del convenio.
ANEXO II

Las prestaciones que el Ayuntamiento de Madrid podrá, en su caso, requerir a
TRAGSA y a su filial TRAGSATEC, responderán a las siguientes líneas de actuación, todas ellas competencia del medio propio según sus estatutos:
— La redacción de los proyectos necesarios para dar cumplimiento a las actuaciones
objeto del convenio.
Los proyectos deberán incluir los aspectos de conservación, restauración y rehabilitación de bienes integrantes del patrimonio cultural; los aspectos museográficos,
especialmente aquellos relacionados con la interpretación y puesta en valor de elementos del patrimonio cultural y, los aspectos de promoción turística.
— La ejecución de obras, trabajos y prestaciones de servicios necesarios para dar
cumplimiento a las actuaciones objeto del convenio
La ejecución de obras, trabajos y prestación de servicios incluye la conservación,
restauración y rehabilitación de bienes integrantes del patrimonio cultural; las necesarias para su gestión museográfica; las de conservación del medio ambiente y
medio natural y las de promoción turística.
Se incluyen igualmente la implantación de los medios y contenidos digitales necesarios para la consecución de los objetivos de funcionamiento cultural, museográficos y turísticos incluidos en las actuaciones subvencionadas.
Quedan también incluidas en este apartado la recogida, transporte, almacenamiento, transformación, valorización, gestión y eliminación de productos, subproductos o residuos de cualquier tipo que resulten de la ejecución de las obras correspondientes a las actuaciones objeto del presente convenio.
— Cualquier otra tarea o actividad complementaria o accesoria a las citadas anteriormente, necesarias para la ejecución de las actuaciones objeto del convenio.

BOCM-20240403-22

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