Valdemoro (BOCM-20240402-67)
Urbanismo. Deslinde finca
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 78

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67

VALDEMORO
URBANISMO

BOCM-20240402-67

El Pleno del Ayuntamiento de Valdemoro, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de
febrero de 2024, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar inicialmente el deslinde de la línea divisoria entre la finca registral 36701, propiedad del Ayuntamiento de Valdemoro, donde se ubica actualmente el CP
“Nuestra Señora del Rosario”, y la finca registral 36629, propiedad de D.a María del Carmen Núñez Martín y D. Adolfo Carrero Méndez, en base a la Memoria Justificativa, con
código de validación: IAICS-9FEH0-YTHER, de 14 de febrero de 2023, y teniendo en
cuenta el informe del topógrafo municipal como continuación a la Memoria y a los posibles gastos materiales que puedan ocasionarse por ese deslinde, con código de validación: 3X3UA-I6IYX-3G5GE, el informe de la técnico de Administración General del
Ayuntamiento de Valdemoro, con código de validación H91J2-27KIC-VADWX, de 21
de julio de 2023 y el informe de secretario general emitido, con código de validación:
A0DQN-O58YN-0M1RN, de 13 de octubre de 2023.
Segundo.—Abrir un trámite de información pública del deslinde mediante inserción de
anuncios en el tablón de edictos municipal, en el tablón de edictos de la Sede Electrónica municipal y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que durante el plazo de un mes, a contar del siguiente a la inserción del anuncio en dicho BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, pueda examinarse el expediente en las dependencias de la Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Valdemoro, de lunes a viernes, en horario de 9:00
a 13:00 horas y formularse las alegaciones que se estimen pertinentes.
Tercero.—Notificar el presente acuerdo a los interesados con indicación de que durante del plazo de un mes, a contar del siguiente a la notificación, puedan examinar el expediente y formular las alegaciones que estimen pertinentes. De no formularse alegaciones y
una vez transcurrido el plazo de información pública, se entenderá aprobado definitivamente, expidiéndose certificado por la Secretaría General, elevando a definitivo el acuerdo de
aprobación inicial.
Frente al presente, por no tratarse de un acto definitivo, no procede recurso administrativo ordinario alguno, sin perjuicio de cualquier otro que estimen pertinentes.
Valdemoro, a 8 de marzo de 2024.—El alcalde-presidente, David Conde Rodríguez.
(02/4.331/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791