B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240402-18)
Nombramiento –  Orden 515/2024, de 22 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se nombran miembros del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 78

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE ABRIL DE 2024

Pág. 53

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
ORDEN 515/2024, de 22 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se nombran miembros del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid.

En el artículo 4 del Decreto 276/2000, de 28 de diciembre, por el que se crea el Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid, se regula la composición de este órgano consultivo, indicando que estará constituido por un Presidente, un
Vicepresidente Primero, 25 Vocales, uno de ellos Vicepresidente Segundo, y un Secretario.
De acuerdo con dicho precepto, el Presidente es el titular de la Consejería competente
en materia de servicios sociales, el Vicepresidente Primero es el titular de la Dirección General de Servicios Sociales, como centro directivo competente en materia de discapacidad
en el momento de la aprobación del Decreto 276/2000, de 28 de diciembre, y el Vicepresidente Segundo es un componente del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad, elegido por sus miembros, de entre los Vocales representantes de asociaciones, federaciones,
fundaciones, entidades y centros sin fin de lucro.
De los Vocales, trece lo son en representación de las Administraciones Públicas, correspondiendo uno a la Administración General del Estado, diez a la Administración de la
Comunidad de Madrid y dos a la Administración Local. Otros cuatro Vocales representan
a las organizaciones sociales, contando las organizaciones empresariales de carácter intersectorial más representativas en el ámbito de la Comunidad de Madrid con dos Vocales y
las organizaciones sindicales de carácter intersectorial más representativas en el ámbito de
la Comunidad de Madrid con dos Vocales.
La aprobación del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, así como, del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, han supuesto importantes cambios organizativos de la Administración de la
Comunidad de Madrid, que afectan a la configuración del Consejo Asesor de Personas con
Discapacidad.
Los ocho Vocales restantes lo son en representación de las asociaciones, federaciones
de asociaciones, fundaciones, entidades y centros sin fin de lucro, correspondiendo tres Vocales a las de personas con discapacidad física, tres a las de personas con discapacidad psíquica y dos a las de personas con discapacidad sensorial.
Por Orden 2998/2023, de 5 de octubre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, se convocó el proceso selectivo para la renovación de los Vocales del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid en representación de
las asociaciones, federaciones de asociaciones, fundaciones, entidades y centros sin fin de
lucro de personas con discapacidad que desarrollan su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.
Por Resolución número 465/2024, de 25 de enero, de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad, se aprobó la propuesta provisional de puntuación y de
entidades seleccionadas efectuada por la Comisión de Valoración en su reunión del día 19
de enero de 2024. Dicha resolución fue notificada electrónicamente a los interesados, no
habiéndose presentado alegaciones a la misma en el plazo establecido en la Orden 2998/2023, de 5 de octubre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Finalmente, la Resolución número 838/2024, de 13 de febrero, de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad elevó a definitiva la propuesta de puntuación
y entidades seleccionadas.
De conformidad con lo anterior, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 4 y 5 del Decreto 276/2000, de 28 de diciembre,

BOCM-20240402-18

18