C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240402-28)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 292/2024, de 13 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a la creación en artes visuales para el año 2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 78

MARTES 2 DE ABRIL DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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EXTRACTO de la Orden 292/2024, de 13 de marzo, de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a la creación en artes visuales para el año 2024.
BDNS: 750004

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero
Beneficiarios
Personas físicas, individualmente o, en casos de coautoría, como agrupación o colectivo sin personalidad (con un máximo de 5 miembros), que sean madrileños o residentes en
la Comunidad de Madrid y que no hayan obtenido ayuda en alguna de las dos convocatorias inmediatamente anteriores.
Segundo
Objeto
Creación y desarrollo de proyectos de artes visuales. A los efectos de esta orden se entiende por artes visuales las creaciones que se encuentren dentro de las siguientes disciplinas: dibujo, pintura, grabado, fotografía, escultura, instalación, videoinstalación, performance, videoarte, arte digital o bien un proyecto multidisciplinar.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1492/2017, de 19 de mayo, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 138, de 12 de
junio), modificada por Orden 466/2018, de 25 de abril, de la Consejería de Cultura y Turismo y Deportes.
Cuarto
Cuantía
Se convoca el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva, el importe de
las ayudas asciende a 300.000 euros. Siendo la cuantía mínima individual 5.000 euros y la
máxima 15.000 euros.
Quinto
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del extracto de la Orden de convocatoria.
Sólo se podrá presentar una solicitud por solicitante en una modalidad y para un solo
proyecto.

BOCM-20240402-28

Plazo de presentación de solicitudes