C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240402-24)
Convocatoria ayudas –  Orden 617/2024, de 12 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de ayudas individuales de apoyo social a personas integradas en programas de rehabilitación y continuidad de cuidados de los Servicios de Salud Mental del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 78

MARTES 2 DE ABRIL DE 2024

Pág. 87

7.- Entidad bancaria:
IBAN

Entidad

Oficina

D.C

Número de Cuenta

8.- Declaración de responsabilidades:
No haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas
públicas.
No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse
declarados en concurso, no estar sujetos a intervención judicial o no haber sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal sin que
haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato
celebrado con la Administración.
No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación
legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de
intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los
cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos
establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
No tener pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a la Ley
General de Subvenciones y otras leyes que así lo establezcan.

En ……………………………………………………, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA del solicitante
(interesado o representante legal, según el caso)

DESTINATARIO

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Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad.

Modelo:
1253F1

BOCM-20240402-24

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