D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240401-32)
Convenio –  Convenio de colaboración de 17 de enero de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad Internacional Valenciana para el desarrollo del prácticum del alumnado de la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia, no pueden realizar los estudios de Máster durante el curso escolar 2023-2024 en centros educativos no universitarios de titularidad privada de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 77

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 1 DE ABRIL DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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CONVENIO de colaboración de 17 de enero de 2024, entre la Comunidad de
Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad
Internacional Valenciana para el desarrollo del prácticum del alumnado de la
formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente
a efectos de docencia, no pueden realizar los estudios de Máster durante el curso escolar 2023-2024 en centros educativos no universitarios de titularidad privada de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 17 de enero de 2024.
REUNIDOS

De una parte, D. David Cervera Olivares, Director General de Bilingüismo y Calidad de
la Enseñanza, nombrado por Decreto 198/2023, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, en
nombre y representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, en virtud del artículo segundo de la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre,
de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería.
De otra parte, Dña. Eva María Giner Larza en calidad de Rectora de la Universidad Internacional Valenciana, nombrada mediante Acuerdo de Junta de Gobierno de VIU de fecha 18 de diciembre de 2017, en nombre y representación de la misma en virtud de las competencias que le corresponden según el poder otorgado ante Notario D. Rafael Córdoba
Benedicto, n.o de protocolo 3332 de fecha 20 de diciembre de 2017.
Reconociéndose recíprocamente competencia y capacidad legal suficiente para obligarse a tal efecto,
EXPONEN
Primero

Segundo
La Disposición Adicional del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre establece
que la formación pedagógica y didáctica del profesorado que, por razones derivadas de su
titulación no pueda acceder a los estudios de máster a los que se refiere este Real Decreto,
se acreditará mediante la formación equivalente exigida en el artículo 100 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en las condiciones que establezca el Ministerio
de Educación y Formación Profesional.

BOCM-20240401-32

El artículo 100.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece que
la formación inicial del profesorado se ajustará a las necesidades de titulación y cualificación requeridas por la ordenación general del sistema educativo. Asimismo, su contenido
garantizará la capacitación adecuada de todos los docentes para afrontar los retos del sistema educativo y adaptar las enseñanzas a las nuevas necesidades formativas.
Igualmente establece el artículo 100.2 de la mencionada norma que, para ejercer la docencia en las diferentes enseñanzas reguladas en la presente Ley, será necesario estar en posesión de las titulaciones académicas correspondientes y tener la formación pedagógica y
didáctica que el Gobierno establezca para cada enseñanza.
Finalmente, el artículo 100.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
determina que corresponde a las Administraciones educativas establecer los convenios
oportunos con las universidades para la organización de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el apartado anterior.