Manzanares el Real (BOCM-20240327-64)
Régimen económico. Precio público matrícula
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 74

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE MARZO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MANZANARES EL REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 7 de marzo de 2024, acordó la aprobación
del establecimiento de precios públicos y el acuerdo regulador de los mismos, pasando a
quedar de la siguiente manera:
“Acuerdo regulador de los precios públicos por matrícula en el Proyecto Aula Mentor
Artículo 1.o Fundamento.—De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con los artículos 41 al 47, ambos inclusive, del vigente texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo (en adelante, TRLRHL), el Ayuntamiento de Manzanares el Real establece los precios públicos por la matrícula en el Proyecto Aula Mentor, que se regirá por lo dispuesto en
la citada Ley, en las normas que desarrollen y complementen la misma, y por lo establecido en el presente acuerdo.
Art. 2.o Concepto.—Los precios públicos regulados en el presente acuerdo constituyen las contraprestaciones pecuniarias que se han de satisfacer por aquellas personas o entidades que soliciten la matrícula en el Proyecto Aula Mentor.
Art. 3.o Obligados al pago.—Están obligados al pago de los precios públicos regulados en este acuerdo regulador, las personas o entidades que soliciten la matrícula en el
Proyecto Aula Mentor.
Art. 4.o Obligación de pago.—La obligación de pago de este precio público nace con
el inicio de la prestación del servicio que constituye su objeto, entendiéndose por tal el momento en que se produce la solicitud por el obligado de la matriculación en el Proyecto Aula
Mentor.
Art. 5.o Cuantía.—48,00 euros/matrícula.
DISPOSICIÓN FINAL

BOCM-20240327-64

El presente acuerdo entrará en vigor, al día siguiente de la publicación de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y se mantendrá vigente en
tanto no se acuerde su modificación o derogación expresas”.
De acuerdo con el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el presente acuerdo se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a
partir del día siguiente de la publicación de este anuncio de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de Jurisdicción Contencioso-Administrativo.
En Manzanares el Real, a 12 de marzo de 2024.—El alcalde en funciones, Fernando
Román Aguilera.
(02/3.969/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791