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Convenio –  Convenio de colaboración de 15 de enero de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad Internacional Isabel I de Castilla, para el desarrollo del prácticum del alumnado de Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas durante el curso escolar 2023-2024, en centros educativos no universitarios de titularidad privada de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 74

diciones de formación para el ejercicio de la docencia en Educación Secundaria Obligatoria,
Bachillerato y Formación Profesional.
Igualmente, en la Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, modificada por la orden
EDU/3498/2011, de 16 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, establece en el Apartado 5 de su Anexo que el prácticum se realizará en
colaboración con las instituciones educativas mediante convenios entre universidades y
Administraciones educativas. Las instituciones educativas participantes en la realización
del prácticum habrán de estar reconocidas como centros de prácticas, así como los tutores
encargados de la orientación y tutela de los estudiantes.
Tercero
La Orden 3836/2023, de 6 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, sobre el reconocimiento de los centros educativos no universitarios de titularidad
privada para la realización del prácticum del alumnado de los grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas y de
la formación equivalente, durante el curso 2023-2024, en la Comunidad de Madrid, establece las directrices básicas para la realización de esta formación de carácter práctico en los
centros educativos no universitarios de titularidad privada de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Son las Administraciones educativas, en virtud del artículo 100.5 de la Ley Orgánica
de Educación quienes garantizarán, a través de órganos de coordinación universitaria, la
oferta de formación pedagógica y didáctica para el ejercicio de la docencia en los términos
del artículo 100.2 de esta norma, de modo que quede asegurado que el sistema educativo
dispone de suficientes profesionales en todas las enseñanzas y especialidades.
Quinto
La planificación de las prácticas universitarias orientadas al ejercicio de la profesión
docente es competencia de las universidades a las que pertenecen las Escuelas y Facultades
donde se cursan dichos estudios. Asimismo, la realización de las prácticas formativas orientadas a la obtención de la formación didáctica y pedagógica necesarias para el ejercicio de
la función docente compete a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en tanto que conlleva la participación en centros educativos no universitarios de titularidad privada de docentes que se encargan de su tutela.
Sexto
Procede, por tanto, establecer los cauces adecuados para que la colaboración entre universidades y centros educativos no universitarios de titularidad privada se realice garantizando la calidad de la educación para todo el alumnado, la equidad y la flexibilidad para
adecuar cada práctica formativa a su etapa específica de impartición de docencia.
Ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración de acuerdo a las
siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Constituye el objeto del presente convenio el establecimiento de las bases y las condiciones que regirán la colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad Internacional Isabel I de Castilla, con el fin
de facilitar al alumnado de Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas, matriculados en Facultades y Escuelas Universitarias de Formación del Profesorado,
la realización de prácticas formativas orientadas al ejercicio de su profesión en centros educativos no universitarios de titularidad privada de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20240327-28

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