Los Molinos (BOCM-20240326-42)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 73

Se procederá también en esta Resolución al nombramiento de los miembros que integrarán el Tribunal Calificador.
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se dará publicidad a la resolución, con relación nominal de los aspirantes excluidos e indicación de la causa de exclusión y si dicha causa es o no subsanable. Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren en la relación de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del siguiente a la publicación de dicha resolución en el Boletín Oficial de la comunidad de Madrid, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
En caso de no existir reclamación, se elevará la relación provisional automáticamente
a definitiva. En todo caso se entenderán como causa de exclusión no subsanable:
— La presentación de la solicitud fuera de plazo.
— La falta de cumplimiento de cualquier requisito de participación el último día del
plazo de presentación de instancias.
4.3. Listado definitivo de admitidos y excluidos:
Una vez finalizado el plazo de subsanación, la Presidencia de la Corporación dictará
resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos, que deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios
de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Los Molinos, indicándose en la misma los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos, determinándose el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y, en su caso,
el orden de actuación de los aspirantes.
La publicación de dicha resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos, con su
correspondiente Documento Nacional de Identidad, con indicación de las causas de inadmisión, así como los lugares donde se encuentre expuestas al público las listas certificadas
y completas de aspirantes admitidos y excluidos con carácter definitivo, determinándose el
lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas la publicación de los sucesivos anuncios,
se efectuará a través del tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Los
Molinos.
4.4. Reclamaciones, errores y rectificaciones:
Los errores materiales, de hecho o aritméticos podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de los interesados, de conformidad, con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.

5.1. Composición:
El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas será nombrado por la Alcaldía del
Ayuntamiento de Los Molinos y estará constituido por un Presidente/a, un Secretario/a con
voz y con voto que contará para para la formación del quórum del Tribunal, y un mínimo
de tres Vocales, entre los que figurará un representante de la Comunidad de Madrid, así
como sus correspondientes suplentes.
No podrá formar parte del Tribunal el personal de elección o de designación política,
los funcionarios interinos y el personal eventual. Tampoco podrán formar parte de los órganos de selección el personal laboral.
Todos los miembros del Tribunal deberán poseer titulación de igual nivel o superior a
la exigida para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera. Asimismo,
el Tribunal no podrá estar formado mayoritariamente por funcionarios pertenecientes al
mismo Cuerpo, Escala, Subescala y categoría objeto de la selección. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por
cuenta de nadie.
Los órganos de selección deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres
y hombres y velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.

BOCM-20240326-42

5. Órganos de selección