Galapagar (BOCM-20240325-49)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 72

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE MARZO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49

GALAPAGAR
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20240325-49

El Pleno municipal, en la sesión ordinaria celebrada el 29 de febrero de 2024, adoptó
acuerdo con carácter provisional de derogación de las ordenanzas fiscales reguladoras de
las tasas por utilización de servicios prestados en las áreas de Cultura y Deportes y de la
tasa por utilización de los servicios de piscina cubierta.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se convoca, por plazo de treinta días hábiles, para que los interesados puedan
examinar el expediente en las dependencias municipales y en el tablón de anuncios de la
sede electrónica de este Ayuntamiento (https://sede.galapagar.es), y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.
De no presentarse reclamaciones dentro del plazo establecido, se entenderá aprobada
definitivamente, sin necesidad de nuevo acuerdo.
En Galapagar, a 13 de marzo de 2024.—La alcaldesa-presidente, por delegación (decreto de Alcaldía 714/2024, 23 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 57, 7 marzo de 2024), el séptimo teniente de alcalde, delegado del Área
de Economía y Hacienda, Miguel Ángel Domínguez Gutiérrez.
(03/4.095/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791