Villanueva del Pardillo (BOCM-20240322-72)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 70

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72

VILLANUEVA DEL PARDILLO
RÉGIMEN ECONÓMICO

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, en sesión
celebrada el día 18 de marzo de 2024, adoptó acuerdo de aprobación del calendario fiscal
para el ejercicio 2024. Por medio del presente anuncio se procede para general conocimiento a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón
de edictos del Ayuntamiento, tablón virtual sede electrónica por plazo de quince días. Además, conjuntamente, se procede a la publicación de los siguientes anuncios correspondientes a tributos de vencimiento periódico y notificación colectiva, que se gestionan mediante
padrones fiscales o matrículas en el ejercicio 2024.
— Período de exposición pública de los padrones a efectos de notificación y recurso.
— Anuncio de cobranza de los tributos.
Calendario fiscal 2024. Periodos de cobranza en período voluntario
— Impuesto sobre bienes inmuebles urbana y rústica e impuesto sobre actividades
económicas. Del 16 de septiembre de 2024 al 29 de noviembre de 2024. Cargo en
cuenta recibos domiciliados el día 16 de septiembre.
Sistema especial de pago (IBI Urbana)
Primer pago 1 de julio de 2024. Segundo pago 15 de octubre de 2024.
-— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, tasa por recogida domiciliaria de
residuos sólidos urbanos y restos de poda, tasa por entrada de vehículos a través
de las aceras y reserva de vía pública, tasa por instalación de cajeros automáticos
y tasa por ocupación dominio público (terrazas). Del 15 de abril de 2024 al 28 de
junio de 2024. Cargo en cuenta recibos domiciliados el día 15 de abril.
Exposición pública de padrones
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la ordenanza general de gestión,
recaudación e inspección del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo los padrones de los
tributos anteriores se expondrán al público en las oficinas municipales de gestión tributaria
quince días antes de iniciarse los respectivos períodos de cobro y por un período de quince
días. La información relativa a los datos de los padrones sólo se facilitará al obligado tributario o su representante, debidamente acreditado.
Contra la exposición pública de los padrones y las liquidaciones en ellos incorporados,
se podrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo
de un mes, a contar desde el siguiente a la finalización del período de exposición pública
del padrón o matrícula, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que el cobro de las deudas periódicas de notificación colectiva que se gestionen mediante padrones se realizará conforme a los siguientes:
Plazos de ingreso: los plazos de ingreso en período voluntario son los fijados en el calendario fiscal para el ejercicio 2024.
Modalidad de cobro: los recibos podrán abonarse en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos. Las Entidades son las siguientes: La Caixabank, Banco Santander, IberCaja y BBVA.
También podrán abonarse a través del portal tributario del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.

BOCM-20240322-72

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