Madrid (BOCM-20240322-44)
Licencias. Distrito de Retiro. Plan especial
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B.O.C.M. Núm. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE MARZO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
LICENCIAS

Acuerdo del Pleno, de 27 de febrero de 2024, por el que se aprueba definitivamente el
Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos, para la modificación de uso terciario recreativo categoría ii), actividad de restaurante tipo II (con licencia 500/2021/08378),
cambiándolo a tipo III, en el local sito en la planta baja del número 11, de la avenida de Menéndez Pelayo, promovido por 1905 MP 11 Retiro, S. L. U.
El Pleno del Ayuntamiento en sesión (2/2024), ordinaria celebrada el día 27 de febrero de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos, para la modificación de uso terciario recreativo categoría ii), actividad de restaurante tipo II (con licencia 500/2021/08378), cambiándolo a tipo III, en el local sito en la
planta baja del número 11, de la avenida de Menéndez Pelayo, promovido por 1905 MP 11
Retiro, S. L. U., una vez evacuados los trámites exigidos en el acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 2 de noviembre de 2023.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de
la Comunidad de Madrid.
Tercero.—Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto.—El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá
una vigencia indefinida, a contar desde el día de la publicación del acuerdo de aprobación
definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo
establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad
de Madrid”.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de
la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, indicando que ha sido
remitido con fecha 4 de marzo de 2024, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 6 de marzo de 2024.—El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(02/3.642/24)

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