C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240322-22)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 516/2024, de 13 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a titulares de salas de exhibición cinematográfica, en relación con el componente C.25.i1. Ayudas a salas de cine, correspondiente al año 2024, en el marco del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) NextGeneration EU”
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 92

VIERNES 22 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 70

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
22

EXTRACTO de la Orden 516/2024, de 13 de marzo, de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a titulares
de salas de exhibición cinematográfica, en relación con el componente C.25.i1.
Ayudas a salas de cine, correspondiente al año 2024, en el marco del “Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea)
NextGeneration EU”.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
BDNS: 750036
Primero
Objeto y ámbito de aplicación
Las presentes ayudas tienen como finalidad sufragar inversiones en proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y
adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos de la Comunidad de Madrid, en aras de mejorar la
competitividad, la competencia y la resiliencia del tejido empresarial y creativo del sector
audiovisual, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España,
aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021.
A los efectos de estas ayudas, se consideran salas de exhibición cinematográfica o de
complejos cinematográficos, las contempladas en la definición que establecen los incisos l)
y m) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, respectivamente.
Conforme a lo dispuesto en la citada Ley, se entenderá por:
— Sala de exhibición cinematográfica: Local o recinto de exhibición cinematográfica abierto al público mediante precio o contraprestación fijado por el derecho de
asistencia a la proyección de películas determinadas, bien sea dicho local permanente o de temporada, y cualesquiera que sean su ubicación y titularidad.
— Complejo cinematográfico: El local que tenga dos o más pantallas de exhibición y
cuya explotación se realice bajo la titularidad de una misma persona física o jurídica con identificación bajo un mismo rótulo.
Segundo
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas titulares de
salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, así como agrupaciones
de las mismas, de acuerdo con la definición que de dichos conceptos establecen los incisos l)
y m) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, respectivamente.
Líneas de ayuda
Se subvencionarán las inversiones vinculadas a los tres ejes de acción siguientes:
1. Digitalización y aplicación de nuevas tecnologías a la actividad de las salas de
exhibición.
2. Adopción de medidas de desarrollo sostenible e impacto medioambiental positivo.
3. Fidelización y captación de públicos, e innovación en la programación y circulación de producciones europeas y en lenguas oficiales de España.

BOCM-20240322-22

Tercero