B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240322-17)
Concurso de méritos –  Orden 709/2024, de 12 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes, por el procedimiento de Concurso de Méritos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 70

Noveno
Desistimientos y renuncias
1. Los participantes solo podrán desistir de su solicitud hasta la fecha de finalización
del plazo concedido para formular alegaciones contra la lista provisional de admitidos y excluidos al que hace referencia el apartado Séptimo de esta Orden.
Cualquier escrito de desistimiento ya sea a uno o a varios de los puestos convocados,
se considerará hecho a la totalidad del procedimiento.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables.
Décimo
Entrada en vigor
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Undécimo
Recursos

BOCM-20240322-17

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a
partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo
ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 12 de marzo de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, P. D. 1558/2021, de 28 de septiembre, el Gerente de la AMAS, José Manuel
Miranda de las Heras.