Madrid (BOCM-20240321-38)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Disolución junta compensación
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 69

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

BOCM-20240321-38

Anuncio de la aprobación definitiva de la disolución de la Junta de Compensación del
Área de Planeamiento Remitido 09.05 “Mutualidad de la Policía”.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 25 de enero
de 2024 y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2022/21419, ha
adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación del
Área de Planeamiento Remitido 09.05 “Mutualidad de la Policía”, constituida como entidad urbanística colaboradora para la gestión del ámbito citado, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que haya sido presentada alegación alguna, de conformidad
con lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por
Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y en el artículo 50 de los Estatutos de la Junta de
Compensación, aprobados definitivamente por Acuerdo de 21 de febrero de 2008 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.
Quienes ostenten los cargos de liquidadores deberán dar cuenta a esta Administración
actuante de las operaciones de liquidación definitiva del saldo final, debiendo justificar documentalmente la práctica de dichas liquidaciones y los abonos correspondientes.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en un periódico de los de mayor circulación, con notificación individualizada a las personas interesadas.
Tercero.—Elevar el acuerdo a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid para su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 164 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento, significando que este acuerdo pone fin
a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto
en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del
presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en
los artículos 8 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la 9869/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de
cuantos otros recursos se estime oportunos deducir.
Madrid, a 1 de febrero de 2024.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/2.344/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791